Me parece correcto. En cualquier caso, es comprensible la dificultad que entraña el desglose de las cifras que nos envían en las comunicaciones.Por mi parte, teniendo en cuenta que las comisiones en torno a 0,90 € por los sobrantes en reinversiones suponen un total pequeño, creo que voy a prescindir de la deducción de estos importes para no complicar, y deducir las comisiones producidas en las amortizaciones por desinversión, que esas las tengo perfectamente identificadas en mi hoja de seguimiento.
Muchas gracias por la respuesta. En cuanto sea accesible la aplicación de la AEAT cumplimentaré el correspondiente apartado.No obstante, en el caso de reinversiones consecutivas (con comisión aplicada sobre el sobrante) coincidentes ademmás con amortizaciones finales (desinversiones), con las comunicaciones que hace el BdE, me temo que va a ser bastante laborioso determinar lo que corresponde a cada partida.
Así es. Suena a tomadura de pelo.Con los medios informáticos de que se dispone, no debería ser problema para el BdE, vincular cada comisión que cobra al resguardo correspondiente y hacer una comunicación correcta de gastos como hacen todos los bancos.En las hojas de liquidación que envían, a veces hay que hacer malabares para averiguar el origen de cada cifra. Cuando conciden varias amortizaciones, se complica bastante.Ignoro también si en los impresos para declaración de IRPF existe alguna casilla para consignar los gastos de comisiones.
¡Hola!Respecto a los datos fiscales del ejercicio 2023, yo también los he bajado y veo que aparecen los valores de compra y de venta, además del rendimiento, que es la diferencia entre dichos valores.Pero no aparecen los gastos por comisiones de transferencia. ¿No son deducibles?
Efectivamente, resulta una comisión excesiva, sobre todo en los plazos cortos. Es difícil de entender que el Banco de España cobre esta comisión y que ni siquiera se aplique en términos TAE, sino la misma comisión cualquiera que sea el plazo. Parece una manera de aprovecharse del ciudadano.
Hola!Te respondo únicamente a título de comentario, ya que no se cómo se entiende exactamente la referencia al SMI. Pero creo que hay que entenderlo en cómputo anual.A ver si algún compañero te responde con mayor rigor.