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18/05/23 22:53
Ha respondido al tema Caixabank me ha cambiado de fondo "Bankia Gestión Experta Tranquila" a "Caixabank Cartera Master Tranquila"
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La CNMV nos a dado la razon:(....) En consecuencia, a partir de los argumentos expuestos por las partes y de las consideraciones mencionadas, así como de la documentación aportada; concluimos que:• No ha quedado acreditada la realización de la propuesta de inversión del fondo objeto de reclamación. • No ha quedado acreditado que BANKIA haya proporcionado a su clienta la documentación informativa obligatoria del fondo objeto de reclamación, tal como dispone la normativa de aplicación. • No ha quedado acreditado el suministro de la documentación informativa con antelación suficiente a la suscripción del contrato de gestión discrecional de carteras objeto de recomendación.(....) En este sentido, se rechazarán de plano cualesquiera escritos presentados por los reclamantes o entidades reclamadas que vengan a cuestionar la resolución emitida (…) Queda a salvo la posibilidad de solicitar aclaraciones sobre el contenido del informe o la subsanación de eventuales errores materiales, sin que bajo ningún concepto pueda por esta vía pretenderse la modificación del sentido de la resolución”.(...) Por otra parte, las conclusiones del informe no presuponen necesariamente la calificación jurídica de los hechos como infracción administrativa. Dicha calificación deberá ser determinada, en su caso y previo el procedimiento establecido, por las unidades competentes de la CNMV. El informe tampoco recoge propuestas ni valoraciones económicas sobre los posibles daños o perjuicios ocasionados al reclamante. Para resolver estas materias, en su caso, deberán dirigirse a los juzgados y tribunales de justicia.4 ConclusiónEn consecuencia, a partir de los argumentos expuestos por las partes y de las consideraciones mencionadas, así como de la documentación aportada; concluimos que:• No ha quedado acreditada la realización de la propuesta de inversión del fondo objeto de reclamación.• No ha quedado acreditado que BANKIA haya proporcionado a su clienta la documentación informativaobligatoria del fondo objeto de reclamación, tal como dispone la normativa de aplicación.• No ha quedado acreditado el suministro de la documentación informativa con antelación suficiente a la suscripción del contrato de gestión discrecional de carteras objeto de recomendación.Atentamente,Jesualdo Domínguez-Alcahud Martín-PeñaDirector