La carta certificada era el laudo, y aún me dice que en el plazo de 30 días me tienen que dar el dinero.
EL laudo que leyéndolo no me entero de casi nada, pero parece que un caso claro por lo que me lo han concedido es POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN (yo no la tenia, y la entidad se la pedi y tampoco me la dio), con lo cual me ha beneficiado.
Otra causa, a mi favor, que ésta si es aplicable a todos es: QUE HE DADO MI CONSENTIMIENTO COMO QUE SOY UN CLIENTE MINORISTA.
Por lo cual esto es aplicable a todos.
Hoy he vuelto a recibir un avisado de una carta certificada de consumo y arbitraje.
Ya recibí una de consumo aprobándomelo.... ¿que es entonces esta carta?.... para decirme que me ingresan el dinero?....o por que?
alguien ha recibido dos cartas de consumo?
A mí un abogado, me dijo que si se trataba de personas mayores, no iba a ser necesario que fueran al juicio, a Bankia no le interesa que el juez vea que son personas mayores y que se les haga pasar por eso. Osea que si van será `porque es beneficioso para ellos y por que lo pide vuestro abogado. Pensad que es positivo que vayan, y más a vuestro favor si están nerviosos. Pero claro siempre cuidando la salud, que a una edad, ya no se pueden permitir muchos sobresaltos. De todas formas pienso que lo teneis ganado.
Sí, hay que mirarlo de forma global, pero en mi caso he echado la cuenta y me sale más o menos lo mismo si quito este ingreso de los rendimientos del banco y dejo la retención practicada de cada declaración afectada, que si directamente me devuelven el dinero que me ha retenido el banco.
En personas que tengan reducciones del irpf, puede variar más.
bueno, una cosa no quita la otra. Puedes reclamar algo que es tuyo aunque sigas otras vías. Es un 20% de lo que supuestamente te han dado en intereses, cuando en realidad te estaban dando tu propio capital, y Hacienda te estaba quitando dinero de tu capital. En algunos casos son 2000 euros
Hola, me gustaría preguntar si alguien sabe si una persona que no le han concedido el arbitraje todavía o va por la vía judcicial, puede reclamar el irpf descontado por los interesés cobrados trimestralmente.
Es que la reclamación del irpf caduca a los 4 años, y ya vamos por ahí.
Pienso que desde que las compraste, (2006) es que las preferentes de caja madrid, del 2004 se cancelaron y se pasó a la emisión de 2009. De todas formas te tienen que conceder primero el arbitraje. si es que lo has solicitado
Ah! y de las primeras preferentes del 2004 te han descontado algo? Es que tengo amigos que las tienes desde entonces. Pensamos que sí le descontarian los intereses.