Muy pocos hombres podrán beneficiarse del CRBG ya que hay que acreditar que en el momento de ser padre hubo una baja en la cotización causada por ese motivo.Por otro lado, este fue el cambio que introdujo el ministro Escrivá en Febrero del 2021 a raíz de la Sentencia del TJUE del 2019 sobre el derecho de los hombres a percibir el antiguo Complemento por Maternidad (2016/2021) para evitar las reclamaciones de los nuevos jubilados.Además con el antiguo complemento se aplicaba la mejora porcentualmente sobre la pensión resultante, 2 hijos = +5%, 3 hijos +10%, 4 hijos ó más +15%, lo cual resultaba en una más alta bonificación que el actual CRBG ya que este último es una cantidad fija por hijo/a independientemente del montante de la pensión que se percibe.
“ y la reclamación a la Seguridad Social del Complemento de Maternidad cursada en Enero pasado, en Febrero emitieron la nota con el Cambio de Criterio de la SS o sea de denegarlas todas por sistema y obligarte a ir a juicio a aceptarlas y pagarlas, pero lo mío dura ya nueve meses,”Entiendo que tu ó el interesado al que representas te/se jubiló antes de Febrero del 2021 (para causar derecho a percibirlo) que formulaste solicitud al INSS en Enero de este año y habiendo sido denegada ó por silencio administrativo presentaste Reclamación previa de nuevo al INSS, es así? De todas maneras no me cuadran los plazos desde Enero de este año, creía que ahora lo concedían de oficio, en mi caso tuve que ir a juicio……y en Diciembre de este año tengo el juicio por la reclamación de los 1800€ que estableció el TS como indemnización a los que nos obligaron a acudir al Juzgado para que nos reconocieran el derecho.PD. Perdón por aludir a un tema que no es el que corresponde aquí.
Pues yo todavia sigo esperando la rectificación del Sr @rutilinda91
, que a ver, todos podemos equivocarnos, faltaría más, pero cuanto menos en el debate hay que mantener un cierto decoro y respeto hacia la opinión de los demás……y cuando nos equivocamos reconocerlo.SLS.