Lo mismo es ésta. No encuentro folleto, ni en AIAF ni en la página de la CNMV
http://www.aiaf.es/esp/aspx/Comun/FichaEmision.aspx?i=ES0214920045
Son Obligaciones subordinadas perpetuas.
Lo que te dan a firmar es justo lo contrario, así que no creo que mantuvieran la oferta de canje por depósito si tú quiseras introducir esa condición de alguna manera en el acuerdo inicial. Tengo claro que siempre puedes ejercer cualquier acción legal antes, durante y después de este canje, pero tus posibilidades me parece que disminuirían bastante...
Pues como algún descerebrado (que seguro que alguno hubo) haya cometido alguna irregularidad con los papeles por pillar cacho y cubrir objetivos, se tope con un pastel de éstos y le cueste dinero a la empresa ya verá lo que le ampara la entidad...
En resumen, que sabes lo que tienes, que sabes lo que haces y que te callas para siempre, incluso si tienes otras emisiones parecidas de Caixa Penedes.
Pues no me extraña que no esté conforme... mándales un burofax con acuse de recibo, lo puedes adornar con una frase final en plan "ejercitaré las acciones legales que procedan en defensa de mi derecho..." y si no respiran, al Serv. . al Cliente y después a la CNMV.
Vas un poco desencaminado. Los Reyes Católicos, por matrimonio, unen los REINOS (que no regiones) de Castilla y Aragón. La anexión del REINO de Navarra se produce a principios del siglo XVI, con intervención del Papa y conquista militar por medio, porque los navarros se "ajuntaban" más con los franceses. y le tocaban los webs a la Santa Madre Iglesia.
Aquí está la noticia
http://www.cincodias.com/articulo/economia/valencia-paga-meses-refinanciar-bonos/20120503cdscdseco_8/
¿¿Cual será la primera Autonomía en ser rescatada...?
El Derecho Foral Aragonés y los bienes gananciales:
http://www.capitulacionesprematrimoniales.com/2011/05/03/las-autonomias-con-derecho-propio-eliminan-los-gananciales/
http://www.finanzasparatodos.es/es/economiavida/matrimonio/capitulacionesmatrimoniales.html
A ver si me meto donde no me llaman y me las llevo todas juntas, pero bueno...
Hace unos días respondí a otro forero que planteaba este asunto que, según el reglamento del SEND - está en la web -, las órdenes, al ser admitidas, reciben por parte del sistema un número o código interno de identificación, con lo cual no creo que sea difícil hacerles un seguimiento (por parte del regulador, claro), así que me extrañaba que deliberadamente una entidad se juegue un marronazo no introduciendo en el sistema órdenes que cumplan los requisitos establecidos. Pero bueno, como estamos en el país de los milagros, pues cualquier cosa... Otra cosa es que los sistemas de Bankia, con lo de la integración, funcionan como funcionan...pero eso no es excusa para la entidad.
Bueno he dicho...