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Participaciones del usuario sergiosino

sergiosino 21/03/15 16:47
Ha respondido al tema Fondos Banco Madrid
Brave pawn , Gracias por tu matiz q no me había percatado. Si fuese banco provisión aria estos créditos como de dudoso cobro, y es lo q he hecho. Con recuperar el 70 % de la inversión con canto en dientes. El bocAo en el Vl va a ser de ordago. Y si se liquida a ver a q precios se venden. Suerte del QE pues parece que los mercados siguen con demanda de renta fija.. En otro post ya estudie el tema de la tesorería y liquidez y creo q como dice el comunicado de interdin son cuentas separadas. En caso contrario y al igual q con las repos nos convertimos en acreedores del banco y en una hipotética liquidacion estamos por delante de depositarios y del FGD. Mi duda es, si el fondo sigue cotizando y con la intervención de la Cnmv in situ, por que no provisionan todos los activos del Bm en los fondos donde los tienen en cArtera? Desde q saben q va a concurso de acreedores ( algo q ya hicieron con obligaciones del espirito santo en2014) entiendo q deberían de hacerlo. La verdad q se agradecería un comunicado de la gestora en el sentido de interdin. Saludo
sergiosino 21/03/15 14:07
Ha respondido al tema Fondos Banco Madrid
Vasquiu, Pendientes no es la palabra.. Esta mañana he visto en el informe anual del renta fija a raíz de otro debate, que el renta fija tenía a diciembre de 2014 47 millones en repos banco Madrid. Por tanto y al igual que los participes de casi todos fondos y sicav con activos del banco, nos convierte en acreedores del bm por lo que nos tendremos q personar en la liquidación para reclamar una parte de dichos importes. Lo bueno es q sin haber estudiado a fondo el tema concursal,estamos por detrás de Hacienda, seg social y trabajadores. Por delante de depositarios y el fgd. Por lo q tenemos opciones de recuperar una buena parte de dicho dinero. Cada vez tengo más claro q nos interesa una representación colectiva con buena representación legal de todos los participes de fondos con depositario bm. Y la prueba lo tenemos en los preferentistas y accionistas de las cajas q con unidad y fuerza están consiguiendo sentencias favorables. La verdad es q tenemos q movilizarnos y q no nos de reparo los delitos penales q presuntamente hacia el banco. Eran buenos fondos sobre el papel, con depositario solvente pero veremos a ver q había dentro y a q precio se liquida. Un saludo y animo a todos q lo necesitamos para ponerse a actuar cuanto antes.
sergiosino 21/03/15 09:55
Ha respondido al tema Exposición en activos de Banco Madrid
Bravepawn, acabo de descubrir que el Banco madrid Renta fija cuenta en el informe anual colgada en su página web que tenía 45 millones de euros en repos del propio banco madrid. Otra mentira más de mi gestor del banco.. ES00000123T1 - REPO|B.MADRID|0,41|2014-10-01 EUR 45.562 joer cada vez lo veo más chungo..
sergiosino 21/03/15 09:45
Ha respondido al tema Fondos Banco Madrid
Buenas a todos, incorporó parte de otra foro en el que he recogido unas cuestiones sobre si la tesorería del fondo en cuentas del banco depositario está afectada por la liquidación del mismo. El artículo 6 de la ley 35/2003 dispone que el patrimonio de los fondos esta compuesto por aportaciones y sus rendimientos , por lo que se puede deducir que la cuenta de tesorería es parte del patrimonio de los partícipes y no responde de las deudas del depositario, gestora o partícipes:"El patrimonio de los fondos de inversión se constituirá con las aportaciones de los partícipes y sus rendimientos. Los partícipes no responderán por las deudas del fondo sino hasta el límite de lo aportado. El patrimonio de los fondos de inversión no responderá por las deudas de los partícipes, sociedades gestoras o depositarios." Por otro lado el artículo 128 del reglamento 1082/2012 establece así misma esa distinción en sus cuentas: "Deberá existir una separación entre la cuenta de valores propia del depositario y la de terceros, no pudiéndose registrar posiciones del depositario y de sus clientes en la misma cuenta. La denominación de la cuenta de clientes reflejará expresamente este carácter de cuenta de terceros" El artículo 132 de dicho reglamento también regula el tema del efectivo del fondo estableciendo la distinción y la titularidad de la cuentas : "1. El depositario garantizará que los flujos de tesorería de la IIC estén debidamente controlados y, en particular, asegurará que todos los pagos efectuados por los inversores o en nombre de los mismos, en el momento de la suscripción de participaciones en una IIC, se haya recibido y que todo el efectivo de la IIC se haya depositado en cuentas de tesorería que:a) Estén abiertas a nombre de la IIC, o del depositario que actúe por cuenta de la IIC. b) Estén abiertas en una entidad de crédito. c) Se mantengan con arreglo a los principios establecidos en el artículo 16 de la Directiva 2006/73/CE, de 10 de agosto de 2006. En caso de que las cuentas de tesorería se abran a nombre del depositario que actúe por cuenta de la IIC, no se consignará en dichas cuentas el efectivo de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, ni el efectivo del propio depositario." Una vez estudiada la legislación del tema, creo que estamos en el artículo 137 de dicho reglamento que dispone lo siguiente relativo al cese de las funciones del depositario: "1. Si el depositario cesara en sus funciones, la CNMV dispondrá su sustitución por otra entidad habilitada para el ejercicio de dicha función. Si ello no fuera posible, la IIC quedará disuelta y se abrirá el período de liquidación. La liquidación se realizará por la sociedad gestora, en la forma prevista en el artículo 35. A la sustitución del depositario, así como los cambios que se produzcan en su control, le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, y en el artículo 14 de este reglamento." Por tanto la CNMV tiene de plazo hasta que el juez acuerde la disolución del banco depositario en el proceso de liquidación, para buscar otro depositario y evitar la disolución de los fondos que tenían como depositario al BM (de ahí creo qeu el tema de los 15 días que dio al FROB cuando todo el mundo sabía lo que iba a decir). Y ahí viene la parte complicada pues sinceramente con la mezcla de delitos de blanqueo, pérdida de imagen corporativa y daño reputacional, me es dificil pensar que un banco depositario puede tener interés en dicha actividad. Pero también se podían plantear soluciones recurriendo a instituciones como cecabank participada por el ico, para que se encargase de ello. Lo veo difícil. Y el tema de la liquidación es muy largo, y ya lo analizaremos cuando se confirme para no ser agoreros, que bastante mal ya lo estamos pasando. Todo lo anterior es la teoría,y la regulación jurídica de la materia y que la cnmv debería de haber controlado.. Es verdad que como me dijo mi gestor de BM desde el primer momento, todo iba con normalidad desde el primer momento de la intervención.. un saludo cordial a todos.
sergiosino 21/03/15 09:42
Ha respondido al tema Pregunta de examen, caso Banco Madrid, a ver si me iluminais.
Alejandro, Yo y mi mujer somos afectados por la congelación del fondo renta fija bm y he abierto un debate en rankia para reunir afectados http://www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/2716122-fondos-banco-madrid El lunes hay una reunión de afectados en la sede de adicae en su sede de madrid a las 18. Allí estaré y os contaré lo que allí se hable. Respecto a tus preguntas, ahí va mi respuesta a ver si apruebo y me lo tienen en cuenta.. No estamos cubiertos con el Fondo de Garantía de depositos (salvo el importe de las cuentas corrientes, que sí esta cubierto por el FGD). Y si no recuperasemos nada de la inversión nos cubríría el FOGAIn por 100.000 euros por partícipe (esto me lo confirmó la cnmv y la información disponible). Por otro lado no soy tan concluyente y no estoy de acuerdo con Valentín. El artículo 6 de la ley 35/2003 dispone que el patrimonio de los fondos esta compuesto por aportaciones y sus rendimientos , por lo que se puede deducir que la cuenta de tesorería es parte del patrimonio de los partícipes y no responde de las deudas del depositario, gestora o partícipes:"El patrimonio de los fondos de inversión se constituirá con las aportaciones de los partícipes y sus rendimientos. Los partícipes no responderán por las deudas del fondo sino hasta el límite de lo aportado. El patrimonio de los fondos de inversión no responderá por las deudas de los partícipes, sociedades gestoras o depositarios." Por otro lado el artículo 128 del reglamento 1082/2012 establece así misma esa distinción en sus cuentas: "Deberá existir una separación entre la cuenta de valores propia del depositario y la de terceros, no pudiéndose registrar posiciones del depositario y de sus clientes en la misma cuenta. La denominación de la cuenta de clientes reflejará expresamente este carácter de cuenta de terceros" El artículo 132 de dicho reglamento también regula el tema del efectivo del fondo estableciendo la distinción y la titularidad de la cuentas : "1. El depositario garantizará que los flujos de tesorería de la IIC estén debidamente controlados y, en particular, asegurará que todos los pagos efectuados por los inversores o en nombre de los mismos, en el momento de la suscripción de participaciones en una IIC, se haya recibido y que todo el efectivo de la IIC se haya depositado en cuentas de tesorería que:a) Estén abiertas a nombre de la IIC, o del depositario que actúe por cuenta de la IIC. b) Estén abiertas en una entidad de crédito. c) Se mantengan con arreglo a los principios establecidos en el artículo 16 de la Directiva 2006/73/CE, de 10 de agosto de 2006. En caso de que las cuentas de tesorería se abran a nombre del depositario que actúe por cuenta de la IIC, no se consignará en dichas cuentas el efectivo de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, ni el efectivo del propio depositario." Una vez estudiada la legislación del tema, creo que estamos en el artículo 137 de dicho reglamento que dispone lo siguiente relativo al cese de las funciones del depositario: "1. Si el depositario cesara en sus funciones, la CNMV dispondrá su sustitución por otra entidad habilitada para el ejercicio de dicha función. Si ello no fuera posible, la IIC quedará disuelta y se abrirá el período de liquidación. La liquidación se realizará por la sociedad gestora, en la forma prevista en el artículo 35. A la sustitución del depositario, así como los cambios que se produzcan en su control, le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, y en el artículo 14 de este reglamento." Por tanto la CNMV tiene de plazo hasta que el juez acuerde la disolución del banco depositario en el proceso de liquidación, para buscar otro depositario y evitar la disolución de los fondos que tenían como depositario al BM (de ahí creo qeu el tema de los 15 días que dio al FROB cuando todo el mundo sabía lo que iba a decir). Y ahí viene la parte complicada pues sinceramente con la mezcla de delitos de blanqueo, pérdida de imagen corporativa y daño reputacional, me es dificil pensar que un banco depositario puede tener interés en dicha actividad. Pero también se podían plantear soluciones recurriendo a instituciones como cecabank participada por el ico, para que se encargase de ello. Lo veo difícil. Y el tema de la liquidación es muy largo, y ya lo analizaremos cuando se confirme para no ser agoreros, que bastante mal ya lo estamos pasando. Todo lo anterior es la teoría,y la regulación jurídica de la materia y que la cnmv debería de haber controlado.. Es verdad que como me dijo mi gestor desde el primer momento, todo iba con normalidad desde el primer momento de la intervención.. un saludo cordial a todos.
sergiosino 20/03/15 11:27
Ha respondido al tema Fondos Banco Madrid
Vasquiu, yo llamé a la cnmv al 902 y la señorita que me atendió no sólo no me dio información clara sino que me intranquilizó más. Remitiéndome bastante nerviosa a los comunicados oficiales de la casa. A ver si tienes suerte y te dicen algo más os informo que ADICAE va a realizar una asamblea informativa el LUNES 23 DE MARZO a las 1800 HORAS en su sede de MADRID en la calle PASEO DE LA ESPERANZA 9 ENTREPLAT MADRID. En principio me han dicho que van a tratar todos los temas (depósitos del banco y fondos de la gestora bloqueados), por lo allí estaré. Por otro lado, me he puesto en contacto con el despacho CREMADES de madrid que han llevado acciones colectivas por la salida a bolsa de bankia, preferentes y demás a ver que me dicen. un cordial saludo a todos un saludo
sergiosino 20/03/15 08:41
Ha respondido al tema Fondos Banco Madrid
Vasquiu y Miguelonh, me he puesto en contacto con Adicae por si sus actividades incluyen a los afectados por los fondos retenidos por la CNMV y que tienen como depositario el BM. En cuanto me digan algo os lo comentaré. Estoy pasando un momento horrible y la verdad es que me sorprende la falta de movilización de los afectados. Aunque entiendo que como dije antes, el perfil de la entidad y su clientela no ayude en nada. La verdad es que la CNMV podía dar mucha mas información en consonancia con la ley de transparencia de sus actuaciones y motivaciones por el bloqueo de los fondos. Quiero pensar que es por no interferir en las negociaciones para la búsqueda otro banco depositario, aunque la verdad es que sin que esté claro las posibles responsabilidades penales en todo lo que están investigando de la gestora, no sé si será factible que alguien asuma ser depositario de esos fondos con lo importante de la reputación en este sector. Espero estar equivocado. Me consoló algo ver en morningstar que el fondo Renta fija sigue cotizando, con pérdidas pero sigue vivo. Pues aunque lo insistían desde todos los medios, la verdad es que no ver el informe diario de dicha agencia, me intranquilizaba mucho. También la entrevista de un responsable de morningstar que os adjunto, aunque lleno de interrogantes: http://www.estrategiasdeinversion.com/invertir-largo/videos/especial-banco-madrid-hemos-detectado-algun-problema-fondos-268063 un saludo y abrazos cordiales a todos.
sergiosino 19/03/15 06:06
Ha publicado el tema Fondos Banco Madrid