Perdón, creo que me he confundido.
Con regla te referías a la del documento de ayuda. Yo creía que te referías al párrafo que había puesto yo en otro comentario.
Sorry.
De todos modos, sigo sin entender nada.
No estoy hecho para estas cosas...
Si por la regla primera te refieres al límite de los 22.000, no estoy obligado. Mi bruto anual es 21.500€
Entonces según dices, al no cumplir la 1ª regla, las otras no se aplican?
Me he leído eso, pero es que no lo acabo de entender. Un ejemplo numérico ayuda mucho.
Supongamos que mis datos son:
- Intereses del depósito: 600€.
- Intereses de la cuenta: 150€.
- Ganancia en la 1ª venta de acciones: -300€ (minusvalía)
- Ganancia en la 2ª venta de acciones: 700€ (plusvalía)
1. ¿Estaría obligado?
2. La compra/venta de acciones, se deja separado, o se considera simplemente una ganancia de 400€ (a efectos de los límites para hacerla o no)
Acabo de llamar a la AEAT para informarme mejor (Ohhh me han contestado al teléfono !!!) y lo que me ha dicho es:
Que mientras que las ganancias de la compra/venta de acciones, sumado a los intereses de mis cuentas, sumado a los intereses del depósito, sea menor que 1.600, no estoy obligado a presentar nada.
No me ha comentado nada de que la declaración sea obligatoria por el simple hecho de vender acciones.
Yo creía que a mí me afectaba el límite de 1.000, no el de 1.600.
Es un chollo, vas vendiendo a tramos que como mucho te lleves 1.600, así te ahorras pagar el 21% a Hacienda.
¿Qué os parece?
Refloto el hilo para haceros una nueva consulta.
Pese a que no es del ejercicio 2011, sino que tiene que ver con operaciones de este año (2012), me gustaría saber consultaros lo siguiente:
He realizado la compra de acciones del BBVA, no de una tacada, sino que he ído poco a poco. Al final, tengo unas 1.000 acciones, aunque para ello he tenido que realizar 4 compras.
Si yo las vendo todas del tirón, entiendo que son 4 operaciones, aunque haya realizado una única orden de venta. Hasta ahí todo correcto.
Mi duda surge a la hora de pedir cita previa en la AEAT para que te hagan la declaración.
Te pasan un cuestionario, en el que te piden que indiques si "has tenido 4 o mas transmisiones de acciones de distintos emisores".
Yo entiendo que por transmisión se refiere a venta, no a las compras. Es decir, que yo en 2012 puedo comprar, pero si no vendo nada, no tendría problemas para pedir borrador ni ninguna historia.
Pero no sé yo si la venta, que en realidad se traduce en 4 operaciones, es lo que la AEAT considera 4 transmisiones.
No sé si me he conseguido explicar.
Gracias.
¿Y a qué puede deberse la diferencia de gastos/comisiones de la compra y de la venta? Aproximadamente el doble en la venta.
¿¿% de comisión diferente según la operación, broker diferente, tipos diferentes según la época??
Gracias, te has explicado muy bien.
Solo dos aclaraciones:
Cuando dices que no estoy obligado a hacer la renta si la plusvalía es menor que 1.000 €, ¿Te refieres a la plusvalía neta (plusvalías - minusvalías) o con que haya una plusvalía superior a 1.000 €, aunque luego el neto no lo sea, debo hacerla?
Dices que al haber varias adquisiciones, se desglosa difernte. Es por esto por lo que no tributé en su día. ¿Correcto? Si solo hubiera una operación de compra y una de venta, de todos los títulos, ¿Sí que se tributaría en el momento de la venta?