Como poder se puede pero a tu sobrino le puede venir una inspección por fraude.Yo te recomiendo que al menos te tenga con un contrato de prueba que puede ser de 15 días un mes lo que el vea.Pero eso de un día ten mucho cuidado.
Buenas tardes, yo te hablo por ki experiencia y te diría que te lo mires muy bien, ya que no solo te afecta como mecánico. Te pongo mi ejemplo, yo era agricultor y me dieron la pension peón agrícola, pero tampoco puedo trabajar en peón albañil.Eso es muy relativo, miran tus limitaciones, no tu puesto de trabajo.Respecto a si se reduce tu pensión? No te preocupes que la pension no te la tocan, pero ya sabes lo que te conyeva dos trabajos mirate muy bien tus retenciones.
Yo lo único que se es la experiencia que paso mi compañero y el las perdió fue a juicio y lo perdió. Cada empresa trabaja de una manera igual que hay empresas que si acumulas vacaciones de un año para otro y no las gastas enX tiempo las pierdes.Yo digo como la compañera que ble a pasado, que lo miréis todo muy bien que luego vienen las madres mías.
Cada empresa trabaja de una manera y la mayoría son a los 18 meses.También le a preguntado la compañera a un abogado y le a dicho que es así.Y a mi compañero lo llevo a juicio y lo perdió así que no es correcto ko se hasta que punto.Pero como e dicho cada empresa es un mundo.
Es correcto lobque estas diciendo si a los 18 meses no las has cogido las pierdes, por eso las empresas suelen pagarlas a los 18 meses.Yo tengo un compañero que le pasó exactamente lo mismo que a ti.
Lo más normal es que cuando llegas a los 18 meses se te de debaja en la seguridad social y tu empresa debe de pagarte tus vacaciones, pero pobló visto esta empresa a ido de lista por la vida.
Hay que tener en cuenta algunos factores como por ejemplo si te han pagado vacaciones no disfrutadas, ahora vas a cotizar esas vacaciones no disfrutadas y al estar dado de alta no se te puede pagar dicho incremento. Todo tiene su lógica, que es un follón ahora y tienes que solicitarlo pues si, pero todo tiene su lógica.
Yo te puedo hablar por lo que yo me informe en mi tiempo.Si te dieran el complemento y comienzas a trabajar al pasar de unos ingresos que en mi tiempo eran de 8010 euros, te quitarían ese complemento y cobrarías solo los 488 euros de pensión.Pero esto va cambiando continuamente y no se ahora mismo como estaría este asunto.Quizás alguno del foro esté puesto más que yo, ya que yo una vez que solucione todo lo mio, la verdad es que deje de informarme.Sobre todo porque comencé a trabajar y ya no tengo mucho tiempo, pero si es verdad que siempre me gusta estar un poco puesto en todo esto.
Te diría que no te preocupes por esta incapacidad porque por el tiempo que yo llevo en este foro aún no se la han concedido a nadie.Te explico un poco el porqué. Les sale más rentable dejarte una total pagarte 603,2 o lo que te pertenezca y ponerte una revisión en X tiempo, te revisan estas mejor y una pensión menos.Perdón por ser tan brusco pero es la pura realidad.Sobre si te la Dan y luego puedes solicitar la ayuda de 52 años no te lo sabría decir porque no se como va esa ayuda, pero siempre que te conceden una incapacidad cogen tus cotizaciones y no se si para esa ayuda hace falta haber cotizado para que te la den.
No tiene nada lo que ver lo que estés cobrando ahora. Si te conceden una pensión esa ayuda la dejarías de cobrar.Te cojeran tus bases reguladoras que por la edad que estás diciendo creo que son la de los últimos 8 años.Como bien te han dicho te quedaría unos 488 euros pero al no llegar al mínimo te se da un complementos por mínimos y cobrarías 603,2.Si la incapacidad es por enfermedad te darán 14 pagas y si es por accidente de trabajo son 12 pagas.
Buenos días, si te Dan la total el mínimo de pensión son 603,2, menos de eso no puedes cobrar.El completo de brecha de género al no tener hijos olvidate ese no te lo van a dar.No debes de hacer nada ni solicitar nada esa pensión se te dará automáticamente si te la conceden y ese complemento por mínimos creo recordar que lo perderías en el momento que comenzase a trabajar. De todos formas creo que estar in poco liado con el tema de la incapacidades.Incapacidad parcial: te indemnizan con un solo pago y puedes seguir trabajando en tu profesión con restricciones.Incapacidad total: te dejan el 55 o 75 % según tu edad y puedes seguir trabajando en otro oficio que no sea por el cual te hayan retirado y sea compatible con tu enfermedad.Incapacidad absoluta: te dejan el 100% de tu base reguladora y no puedes volver a trabajar.Todas estas incapacidades son revisable hasta la fecha de tu jubilación.Si no vuelves a trabajar más y no cotizas tu jubilación prácticamente será lo que te quede ahora.
Solo veo una pequeña pega, lo de ha hago el informe a petición del paciente, me suena como que lo e hecho por obligación.Es lobque muchas veces comentamos por aquí, no se quieren pillar las manos a la hora se redactar informes.Para mi esas líneas le han sobrado, cuando se redacta un informe por lo menos a mi nunca me han puesto por petición del paciente, esa es su obligación la de darme mis informes.También decir que esto es mi humilde opinión.
Pues debería de entrar una parte de dicho año.También decir que si no te aparece, acércate a la seguridad social, pero a tesorería y allí te lo hacen en un momento.Y así te aparec seguro. Yo fui sin cita y me lo hicieron.
Buenos días, te respondo porque por tu situación pase yo.A mi me la concedieron con unas limitaciones que sin muy difíciles de poder seguir trabajando.Por mediación de un familiar que está metida en el mundo de las mutuas y tiene relación con la directora del INSS de mi provincia puede hablar con ella, ya que quería rechazar dicha incapacidad.Su respuesta fue, que desde que entramos por la puerta del medico inspector ya nada depende de nosotros. Me refiero que ya no puedes decir yo no quiero esto, y mi respuesta fue que con 527 euros y las restricciones que me habían dejado que yo no podía vivir.Su respuesta fue, si la verdad que te lo han puesto un poco difícil y yo le dije no no me lo han puesto lo ha firmado usted.Pues bien para resumir, si comienzas a trabajar en algo que no sea compatible a parte de una sanción que te impondrán tendrás que devolver todo lo cobrado de incapacidad más toda la baja.Esa fue su respuesta, míratelo todo muy bien antes de hacer nada.