Slennox
03/07/24 00:01
Ha respondido al tema Hilo sobre dudas de Interactive Brokers
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Hola, mberon.Las condiciones que Interactive Brokers solicita para la re-categorización de Cliente Minorista a Cliente Profesional son las que dispone la normativa MiFID. Reproduzco a continuación lo que me indicaron desde IBCS (atención al cliente):-------------------------------------------------------Para obtener dicha re-categorización, los Clientes Minoristas deben proporcionar evidencia de que cumplen al menos dos (2) de los siguientes criterios:En los últimos cuatro (4) trimestres, el Cliente realizó operaciones con instrumentos financieros en tamaño significativo con una frecuencia promedio de diez (10) por trimestre.El Cliente posee una cartera de instrumentos financieros (incluido el efectivo) que supera los 500.000 EUR (o equivalente);El Cliente es un titular de cuenta individual, o un operador en una cuenta de organización, que trabaja o ha trabajado en el sector financiero durante al menos un año en un puesto profesional que requiere conocimiento de los productos con los que opera.-------------------------------------------------------Cuando realizas la petición de recategorización, en el formulario te preguntan si cumples o no cumples cada uno de los 3 criterios anteriores.Para el criterio 1 y 2, tienes dos opciones. O bien los cumples en tu propia cuenta de Interactive Brokers, o bien los cumples en un broker externo. En el primer caso, no hay que aportar nada más ya que ellos se encargan de comprobar si tu cuenta cumple o no cada uno de estos 2 criterios. En el segundo caso, te solicitan adjuntar extractos recientes del broker externo con los que se puedan acreditar el cumplimiento de los criterios (extracto de actividad, extracto de posiciones, etc.)Para el criterio 3, te piden una breve explicación del puesto profesional y como evidencia te solicitan un recibo de nómina de la institución financiera en la que trabajas o has trabajado.En cuanto a la consideración de operaciones de tamaño "significativo", la MiFID no lo regula y lo deja abierto a consideración de cada broker. En este caso, IBIE considera lo siguiente:a. Durante los últimos cuatro trimestres, hubo al menos cuarenta (40) operaciones; yb. Durante cada uno de los últimos cuatro (4) trimestres, hubo al menos una (1) operación; yc. El valor nominal total de las cuarenta (40) principales operaciones de los últimos cuatro (4) trimestres es superior a 200.000 EUR; yd. La cuenta tiene un valor neto de activos superior a 50.000 EUR.e. Las operaciones en fórex no se consideran para el propósito de este cálculo.Cada petición se gestiona individualmente por un agente, que revisa el cumplimiento de los criterios y la bondad de la documentación aportada. Si está todo en regla, te informan de que han realizado la re-categorización y en unas 24 horas se aplica en el sistema (en mi caso fue incluso antes del cierre de mercado del mismo día).