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Participaciones del usuario Templus

Templus 10/08/17 23:58
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Una vez obtenido sentencia firme, y tras "llevarse" las acciones banquiasde la cuenta de valores dejamos abierta esta y la asociada  hasta cobrar hasta el ultimo centimo, todo ello por si se daba el caso de que tuvieramos que reclamar algún tipo de documentación sobre movimientos en dicha cuenta, ya que al cerrarlas definitivamente, el banco no nos falicitaria ningún dato sobre dichos movimientos.........   "teoricamente" bankia deposita los dineros en cuenta judicial..................pero no se si lo hace asi en todos los casos.
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Templus 08/08/17 22:12
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Al respecto te comento,  que una vez que desaparecieron las acciones de la cuenta de valores..... a criterio d Bankia ya no eramos "accionistas" por lo que comenzo a clavarnos las correspondientes comisiones de mantenimiento de cuenta, creo recordar que a razon de 12€ al trimestre........fue poco tiempo lo que nos cobro, como eran por adelantado el cobro de comisiones nos rampló tres trimestres........36 eurillos.......y que aunque reclamamos su devolución, no nos los quisieron condonar......   Saludos
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Templus 07/08/17 23:47
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
PUes en mi caso en particular, como tu comentas, de la noche a la mañana desaparecen las acciones, pero no ingresan dinero alguno............., dejamos pasar un tiempo prudencal (+-un mes) a ver que pasaba, y no hubo noticias de ellos de ninguna clase y ningún ingreso,  nuestro abogado dió cuenta de los hechos en el juzgado y solicitó al juez una orden de ejcucion de sentencia, Un mes (+-) mas tarde el juzgado nos entrego una orden para retirar todo el dinero del principal e intereses y un mes y medio  mas tarde (+-), intereses de demorta y (+- un mes y medio) las costasç, estaçs utimas tardaron mas por que al parecer Bankia debia dar el visto bueno a la minuta de los abogados........ Sentencia favorable finales de febrero,  creo recorcar que  todo abonado en Septiembre.  
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Templus 08/06/17 22:35
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Bueno,,,,, realmente esto es lo que ha ocurrido....... ¿Cuáles son los soportes y las resistencias de Bankia tras el 'contrasplit' de 1x4?   Y esto que uiere decir..... pues que han reducido ek numero de acciones x 4 y han amumentado el valor de la accion resultante x 4, de esta forma el valor de la acción ha pasado a dia de hoy a ser de 4,25€ la acción, pero el que antes tenia 400 acciones, ahora tiene 100 acciones, vamos que el valor de la acción antes delç "contrasplit" es de 1,0625€ la acción aproximadamente.... El "contrasplit" se llevó a cabo el pasado 5/6/2017.   A dia de hoy, la accion unitaria de bankia (1.0625€ antigua acción o 4.25€ tras dividir el número de acciones  x 4)) sique estando muy por debajo del valor de 1,35€ que nos otrogaron con el canje de las preferentes por la acciones................   Saludos.
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Templus 07/06/17 08:59
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
El importe de los intereses los estableze el juez en su demanda, quien dice desde que fecha y hasta cuando los reconoce asi como el interes del mismo, eso se estalbece por anualidades (dias que corresponde por cada año transcurrido) desde el reconocimiento hasta  la fecha de sentencia firme.   Los inrtereses de mora procesal se establecen desde la fecha de sentencia hasta la fecha de consignación (capital + intereses) y en la cuantia en que proceda.   Tienes que tener uno o varios  documentos en los que este reflejadoç el capital a devolver + intereses + intereses de mora procesal.   Una de las maneras en las que hacienda conoce de todo esto es a través del propio interesado que ha de aportar sentencia judicial a la hora de reclamar a hacienda la devolución de ingresos indevidos (complementarias).   Por otro lado, los bancos en sus "libros de cuentas" deberan refejar la devolución de capital y pago de intereses por sentencia judicial ( eso es lo normal......aungque aqui todo sea anormal).   Con el afan recaudatorio del Sr. Montoro, ya se buscara los medios de conocer quienes han de declarar cantidades percibidas por estos coneptos....... Unos te diran que no declares todo esto a hacienda, otros te diremos lo que dice hacienda al respecto y sus posibles repercusiones, cada uno es libre de evaluar lo que mejor le conviene y actuar en consecuencia, esto es como la ley de murphi, no pillan a nadie, excepto a mi..............   Saludos.        
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Templus 07/06/17 00:26
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Tributación de las participaciones preferentes u obligaciones subordinadas   2. Se ha declarado judicialmente la nulidad del producto. Al haberse declarado nulo el contrato objeto de la compraventa habremos de tener en cuenta varios conceptos: a) Lo recuperado como principal no tiene consecuencia alguna, no tributa, nos devuelven lo invertido. b) Lo percibido como intereses legales tributarán como  ganancia patrimonial en la base del ahorro, pero se verán minorados en los intereses legales que usted ha tenido de devolver a consecuencia de la actualización de los dividendos que fue percibiendo, es decir, de igual forma que el nominal que inicialmente se invirtió se ve actualizado a fecha de sentencia, los dividendos que usted ha ido cobrando y que ahora se compensan con los intereses, también se han visto actualizados, por tanto habrá que restar dicha cantidad a los intereses legales percibidos. c) Lo percibido como intereses moratorios tributarán como  ganancias patrimoniales. d) Durante los años que usted percibió rendimientos, se imputó los mismos como Rendimientos del Capital Mobiliario, pues bien, ahora puede realizar  una rectificativa del IRPF de esos años, incluso aunque se encuentran prescritos, para  solicitar una devolución de ingresos indebidos, es decir, dichas cantidades consignadas como rendimientos de capital mobiliario, desaparecían. Tributación de las costas Se puede estar de acuerdo o no, pero la Agencia Tributaria interpreta que las costas procesales, para la parte vencedora,  suponen un crédito a su favor, equiparándose fiscalmente a una indemnización no exenta, por lo que supondrá una  ganancia patrimonial imputable a la base general por no derivar de transmisión de elemento patrimonial alguno. Si no las declara y revisan su renta el Órgano de Gestión Tributaria, podría girarle una liquidación provisional “paralela”, incluyendo esta cantidad, con resultado a pagar, más los intereses de demora correspondientes, e incluso sanción por ocultación de rendimientos.
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Templus 23/05/17 01:38
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Gabi123, sobre el tema de ponerse al dia con hacienda cada uno sabe como debe gastarselas........en nuestro caso, fué preferible pagar casi 2000€ por el tema de costas del abogado y poder descansar y no estar esperando duante 5 años que un dia hacienda toke en el timbre de casa........... Para hacer la reclamación de ejrcicios anteriores y al presentar declaraciones complementarias, lo primero que hizo hacienda ( en aquellas que  tenian que devolver algún importe), fue pedir la sentencia judicial en la que se anulaban la compra de preferentes..........y en esa setencia lo pone todo muy clarito, lo que hay, lo que tenia que haber y la condena a costas de la parte contraria........ Si el abogado n te facilita la minuta donde queda reflejado cuales han sido sus honorarios ç (por lo que dices el cobró directamente las costas), pide en el juzgado una copia de la minuta presentada por el abogado y copia del recibo de cobro de sus servicios, diles el motivo por el que lo solicitas y no debrias tener problmas para que te lo den..     Saludos y suerte.
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