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¿Cómo se calcula el interés de demora en las cláusulas suelo? ¿Y la diferencia de capital amortizado?
Hola,
En base a mi experiencia, que tambien soy perito en términos de clausulas suelo, lo que vengo aplicando es el tipo interés legal del dinero pero usando el tipo de interés compuesto, no simple. No suelo aplicar la demora, como comentabais, más que nada porque lo que ponen en escritura es ilegal y sería reclamable (INTERÉS DE DEMORA EN LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS NO PODRÁ SUPERAR EL LÍMITE DE TRES VECES EL INTERÉS LEGAL DEL DINERO. art. 114.3 LH).
Por tanto, siendo prácticos y que el cliente disponga de su dinero sin perder tiempo, si aplicas el interés legal del dinero de cada año usando un tipo de interés compuesto, estás usando las herramientas mas favorables para el cliente dentro de la legalidad. Es mi punto de vista.
Saludos,