Han cambiado las condiciones? Yo leí hace unas semanas que eran viables ingresos recurrentes, y ahora solo pone nómina o pensión. Me hice la de ABANCA y queria aprovechar también la del Sabadell haciendo recurrentes, pero veo que llego tarde....
Ya. Pero eso no lo voy a hacer, y veo un tostón estar pendiente cada mes de si los doce anteriores suman 3000..... realmente esta condición tira para atrás.
Ok, entonces tienes que estar pendiente de gastar a partir del mes 13 lo que gastaste en el 1 para que la suma sea 3000. Un rollazo. Yo tenia los 3000 anuales faciles pero con compras dispares durante diferentes meses.
Hola. Quería darme de alta en la cuenta NO nómina de Bankinter y tengo una duda en las condiciones:Cuando dice "activa, en este caso, consiste en realizar un gasto mínimo, individual o conjunto, de 3.000€ en compras con las tarjetas asociadas a la Cuenta No-Nómina, durante los 12 últimos meses"Se refiere a que cada año debes haber hecho uso de la tarjeta por valor de 3000 euros, o que cada mes que te liquidan miran la suma de los 12 meses anteriores?? Al decirlo de esta manera presta a confusión, aunque si fuera la segunda opción que digo, durante el primer año no se podría cumplir, no?Gracias.
Buenas tardes Richar76. Yo tambien confié en ellos y gané el juicio que declara nulas las clausulas de los gastos hipotecarios. En abril de 2021 me enviaron la sentencia.Hablé con ellos después y me dijeron que seguian con el procedimiento para recuperar el dinero.Pero no he sabido nada más des de entocnes. Llamo y no contestan. Envio correos y no responden.¿Qué hiciste para que te devolvieran el dinero?Gracias!
Hola! Gracias por responder.Pensad que a parte del tema de poder certificarlo delante de haciendo, la aplicación de la otra entidad permitía hacer la aportación al plan de pensiones del cónyuge. En vuestro caso, esto no es posible.
Pongo este comentario que hice en otro hilo a ver si aquí, que es más específico, me podéis ayudar. Gracias!02/11/21 16:34Hola tod@s. Pongo una duda que tengo aquí porque he hablado con los de Indexa por teléfono y por correo y no resuelvo la duda.Este año pasé mi plan de pensiones y el de mi cónyuge de ING a INDEXA CAPITAL. Cuando lo abrí planifiqué aportaciones trimestrales a ambos, pero la aportación al de mi esposa queria que fuera a mi nombre, que figurara que yo hacia la aportación, para beneficiarme de la desgravación fiscal en IPRF. Me hicieron enviar la solicitud por e-mail ya que no habia la automatización en la web.Ahora quería hacer una aportación puntual y he visto que sigue sin estar automatizado en la web. Les he preguntado cómo hacerlo y aprovechar para preguntar si las aportaciones hechas hasta ahora figuraban como mías o no.Para mi sorpresa me respondieron que no (aún cuando me pidieron el correo al abrir el Plan para hacerlo así). Que eso lo tenia que poner yo en la declaración de la renta como dinero apotado por mi. Pero sin ningun documento que lo acredite ?!?!?.Cuando en ING te descargabas la información fiscal salia claramente que las aportaciones las habia hecho yo. Incluso cuando tenía el borrador del IRPF ya salian reflejadas estas aportaciones.La pregunta es como puedo certificar delante de hacienda que las aportaciones son mías, si la cuenta des de la que Indexa coge el dinero para hacer las aportaciones es la misma (estamos los dos como titulares). ¿Puedo tener problemas?
Buenos días. Quizás estoy equivocado pero creo que la ley obliga a que la entidad te de la posibilidad de darte de baja de un servicio de la misma manera que te diste de alta.En ese caso, deberías poder darte de baja por interent.
Me lo dijo la procuradora. Si no lo entendí mal, el banco tiene 20 dias des de la sentència para recurrir al Supremo. Si no lo hacen, la sentència és firme.Y luego hay un plazo para presentar la Nueva demanda para reclamar los gastos.
Pero de dic-18/ene-19 no hacen nada referente a la demanda de nulidad o la nueva demanda para petición de devolución de los gastos? Porque una vez con sentencia firme solo se tienen unos días para poner la nueva demanda para pedir que te devuelvan los importes. O eso tengo entendido.
Pues a mi ayer me enviaron un correo electrónico con la sentencia, donde dictan la nulidad de la clausula de gastos. Pero solo me enviaron el pdf de la sentencia, sin ningun texto, ninguna explicación, ni los pasos a seguir.Les llamé y me dijeron que lo pasaban a los abogados. No sé qué esperar....La verdad es que en menos de dos años ha habido la sentencia del juzgado de instrucción sentenciado en contra, la alegación a la audiencia, y la sentencia de esta estimando el recurso y sentenciando la nulidad de la clausula de gastos, con costas a la parte demanada, pero nada de devolver el dinero. O sea, que con esta parte ningun problema, todo fue bien.Pero claro, si ahora no hacen nada más. Esperaré unos días a ver si dan señales de vida.
Yo hace un mes contraté la hipoteca con Coinc. Los trámites los haces con Coinc, pero luego la operativa la haces con Bankinter (realmente en los documentos oficiales de la hipoteca ves que la contratas con Bankinter).
Mi problema era que no sé había hecho bien la migración a Bankinter des de Coinc de los datos del cotitular. Y ellos no me dijeron nada hasta que los llamé (a Coinc), y lo arreglar on.
Hola @sanus, firmé la hipoteca el día 4, pero ando tan liado con otras cosas que no he hecho el cambio de beneficiario en el seguro de hogar, pero los de COINC tampoco me han dicho nada más. ¿A ti te lo han acabado pidiendo?
Ahora mi problema es otro, y más grave. Firmé el jueves. El viernes por la tarde aun no me aparecía el dinero en la web de Coinc. Hoy en la web de Coinc me dice que lo tengo que mirar en la web de Bankinter.Entro en Bankinter y no me sale ninuga cuenta.....¿Dónde está el dinero? ay......
entiendo que hablas del seguro de hogar, no?A mi me dejan hacer el que yo quiera poniendo a Bankinter como beneficiario en el continente. Lo que pasa es que yo tenia mi seguro actual con pago anual y que renové en diciembre.Me dijeron que hablara con mi compañía para hacer la modificación.Firmé la semana pasada y aun no me lo han reclamado.
Creo que da el 80% si es para la compra de primera vivienda. Si es para una subrogación o por compra de 2a vivienda o por hipotecar la vivienda propia creo que baja el %, pero no sé a cual.Yo pedí por menos de la mitad del valor.