Buenas tardes , la pensión 2000 de bankcaixa que tengo contratada, se puede rescatar en cualquier momento, siendo el valor de rescate igual a la suma de las aportaciones efectuadas más los interesados generados. Tan solo en el caso de fallecimiento del titular es cuando solo se cobrarían las aportaciones efectuadas hasta la fecha del fallecimiento, sin intereses.De todas formas, habría que ver su contrato para saber las clausulas que incluye.Saludos cordiales.
Gracias Miguel por el artículo.Quería añadir que, en el caso las rentas vitalicias diferidas, además de lo que ya dice el artículo sobre que se declara un porcentaje fijo de la renta, según la edad de perceptor al empezar a cobrarla, a ese porcentaje se añade durante los primeros 10 años la rentabilidad generada hasta iniciarse el cobro de la renta. Para calcularla, se divide entre 10 la diferencia entre el capital acumulado y las primas pagadas.Saludos cordiales.
Sí, efectivamente, casilla 003, retribuciones dinerarias, 2º pagador. En teoría tendría que venir en el borrador.Y en ese apartado habría que poner si corresponde alguna reducción por aportaciones anteriores al 01/01/2007.Saludos.
Buenas tardes, la pensión 2000 no es un plan de pensiones, es un plan de jubilación y por tanto tributa como ganancia patrimonial en la base imponible del ahorro.
Buenos días, mi caso es parecido al tuyo. También tengo la libreta pensión 2000 de la caixa y finaliza el próximo 31/01/2024. Me he informado a través de una asesoría fiscal, sobre los impuestos a pagar a vencimiento y me han dicho lo siguiente: Cobrar en forma de capital: Habría que pagar impuestos por el rendimiento, diferencia entre el capital recibido y las primas pagadas. El rendimiento obtenido tributa en la base del ahorro, 19% hasta 6000 euros, 21% de 6.000 a 50.000, 23% de 50.000 a 200.000. Al rendimiento habría que aplicarle un coeficiente reductor para las ganancias generadas antes del 20 de enero de 2006. Cobrar en forma de renta vitalicia: Las rentas se declaran como rendimientos del capital mobiliario y al ser una renta vitalicia diferida, se declara un porcentaje fijo de la renta, según la edad de perceptor al empezar a cobrarla (entre 60-65 años/24%, entre 66-69 años/20%), A ese porcentaje se añade durante los primeros 10 años la rentabilidad generada hasta iniciarse el cobro de la renta. Para calcularla, divida entre 10 la diferencia entre el capital acumulado y las primas pagadas. Saludos.