El Gobierno está impulsando medidas encaminadas a reducir el desempleo juvenil, en el marco de La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, mediante la inserción laboral por cuenta ajena o a través del autoempleo y el emprendimiento.
Análisis del contexto
Si analizamos la situación del mercado laboral durante el período 2007-2012, la marcada crisis económica y financiera internacional ha afectado con mayor intensidad al empleo en España, concretamente, al colectivo juvenil. Esta alta tasa de desempleo, afecta a todos los niveles de educación, es persistente en el tiempo, tiende a producir paro de larga duración y genera un mayor riesgo de exclusión social.
Un 18,5% de jóvenes ni estudia, ni trabaja, ni recibe formación aunque sólo el 3,5% desea estar en esta situación.
Como podemos observar en el siguiente gráfico, durante el tercer trimestre de 2012 España se mantiene, junto con Grecia, como el país de la Unión Europea con más paro, con una tasa de desempleo que alcanza el 25,6%, lo que supone más de 15 puntos por encima de la media comunitaria (10,5%), según datos de Eurostat.
Esta situación genera graves consecuencias en la situación presente y futura de los jóvenes españoles y limita el crecimiento potencial de la economía española.
Medidas de emprendimiento y empleo joven - Tarifa plana de 50 euros
Las medidas contempladas en la estrategia están dirigidas, con carácter general, a jóvenes menores de 30 años, especialmente los que se encuentran en situación de desempleo.
El objetivo de estas actuaciones es fomentar el emprendimiento y el autoempleo, mejorar las posibilidades de financiación, y la protección de los autónomos y los emprendedores.
Esta medida se aplica a los jóvenes que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los cuales podrán abonar una cuota mínima por contingencias comunes en torno a 50 euros, durante los seis primeros meses para que puedan iniciar una actividad por cuenta propia.
Posteriormente, y durante los siguientes seis meses, se aplicará una reducción del 50% sobre la base mínima. Transcurrido el primer año desde el alta en el RETA, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses.
Cuando se trate de jóvenes con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, se amplia la edad hasta 35 años, aplicándose una reducción del 80% durante los 12 primeros meses desde la fecha de alta y, después, se mantendrá la bonificación del 50% hasta un máximo de cinco años.
Por tanto, podemos resumir los requisitos para la aplicación de la tarifa plana en los siguientes:
- Sólo será aplicable a altas iniciales en el RETA.
- Tener hasta 30 años.
- No tener trabajadores contratados (no disponer de código de cuenta de cotización como empleador).
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