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¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

Requisitos para solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013) si cumples los siguientes requisitos:

 Si únicamente has obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:
  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes
     
 Si has sido titular, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado.
 

Procedimiento de solicitud del borrador de declaración de la renta (IRPF campaña 2013)

Para que la Agencia Tributaria confeccione y remita el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013), si no solicitaste el borrador del IRPF en la pasada declaración o no confirmaste tu borrador, es necesario que lo solicites desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013 por cualquiera de las siguientes vías:
  • Solicitar el borrador por Internet: www.agenciatributaria.es
  • Solicitar el borrador por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345  (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Para solicitar el borrador de declaración de la renta lo mejor es solicitar el borrador habiendo rellenado la casilla 110 en la declaración de la renta del año anterior.En  la campaña de Renta del próximo año se podrá visualizar la opción más favorable del borrador o los datos fiscales a través de Internet y desde el primer día de la campaña, sin necesidad de haberlo solicitado previamente. Por esta razón, el modelo 100 correspondiente al IRPF 2012 solo incluye, en relación con la obtención del  borrador de declaración o los datos fiscales, dos casillas. Una para que el contribuyente pueda indicar expresamente que desea recibirlos por correo ordinario y no visualizarlos por Internet (casilla 110) y otra para solicitar exclusivamente la opción de tributación individual aunque la misma pueda resultar menos favorable (casilla 111).

Si llamas por teléfono o solicitas el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF Campaña año 2013) a través de Internet deberás aportar, además de tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de tu cónyuge, el importe de la casilla 620 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012. Además, se puede obtener en la web de Hacienda con el DNI electrónico o el certificado digital.

Si ya solicitaste el borrador de la declaración de la renta mediante la cumplimentación de la casilla 110 de la declaración del ejercicio 2012 no es necesario reiterar la solicitud del borrador de declaración. Tampoco deberás reiterar la solicitud del borrador si en la pasada campaña confirmaste el borrador de declaración.Por último, no será necesario solicitar el borrador los que solicitaron la puesta a disposición del borrador a través de Internet, marcando la casilla 112 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012.

Consulta del borrador de declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Del 2 de abril de 2012 hasta el 1 de julio de 2013 puedes consultar tu borrador de la declaración de la renta (siempre que el borrador haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria)

 

Si ya tienes claro todo el proceso de solicitud y consulta del borrador de la declaración de la renta pasa al siguiente paso:
  1. en respuesta a Donnelly
    -
    Carla Quinto
    #80
    03/06/13 09:10

    Buenos días Donnelly,

    Deberás poner el NIF del propietario del inmueble. ¿La inmobiliaria no te puede facilitar ese dato? Puedes intentar conseguirlo también en el Registro de la Propiedad.

    Saludos.

  2. en respuesta a Pollopera70
    -
    #79
    03/06/13 00:23

    Buenas noches.
    Espero que me podais ayudar.
    A mi abuelo en la declaracion de la renta le piden el nif del arrendatario del piso donde esta.
    El nif del dueño no lo tiene y las relaciones con el no son buenas, asi que pedirselo es dificil.
    Si no lo pongo no me deja continuar con el borrador y me dice que aunque se ha enviado hay datos que faltan.
    He visto que le cobran a traves de una imboliaria y alli aparece el nif de la inmobiliaria, serviría este nif para ppnerlo en la declaracion?
    Y si no es así, no hay otra opción? El año pasado no le pedian el nif o por lo menos no por los procedimientos normales, ya que este año e sel 1 que lo hace a traves de intrernet.
    He intentado mirar para que se lo envien a casa pero no he encontrado nada. Asi que si sigue así imagino que se quedara sin lo que le tenian que devolver.

    Agradecería una respuesta, saludos y perdon por las molestias.

  3. en respuesta a Carla Quinto
    -
    #78
    31/05/13 19:38

    Gracias Carla.

    Saludos

  4. en respuesta a Pollopera70
    -
    Carla Quinto
    #77
    31/05/13 13:28

    Buenas tardes Pollopera70,

    Los intereses bancarios, cualquiera que sea el tipo o denominación, se colocan en la casilla 022.

    Saludos.

  5. en respuesta a Vixens
    -
    #76
    31/05/13 12:54

    Por lo general, 2 ó 3 días hábiles en cambiar el mensaje a "Su declaración ha sido tramitada y ya le ha sido emitida con la fecha y el código de la cuenta bancaria del cliente"

    Suerte

  6. en respuesta a Carla Quinto
    -
    #75
    30/05/13 20:10

    Hola

    Queria saber en que casilla del IRPF se imputan los intereses bancarios generados por cuentas abiertas en el extranjero.

    Gracias

  7. en respuesta a Vixens
    -
    Carla Quinto
    #74
    30/05/13 17:54

    Buenas tardes Vixens,

    El plazo máximo de devolución con el que cuenta Hacienda es de 6 meses, desde que finaliza el plazo de la campaña de la renta.

    Saludos.

  8. #73
    29/05/13 18:27

    Hola,

    Hoy en el expediente de mi declaración ha aparecido lo siguiente: "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. Su devolución será emitida en los próximos días."

    Mi pregunta es si alguien sabe cuántos días, aproximadamente, tarda Hacienda en emitir la devolución, una vez han conformado la devolución.

    Gracias!!!

  9. Carla Quinto
    #72
    29/05/13 10:17

    Cumplimentar deducciones en el borrador de la renta

    Si tenéis alguna duda sobre como cumplimentar las deducciones en el borrador de la renta, en los siguientes artículos encontraréis vídeos explicativos sobre las casillas que hay que rellenar en el borrador para las deducciones por inversión en vivienda habitual y alquiler de vivienda habitual.

    Deducción por alquiler de vivienda habitual. Renta 2012

    Deducción por vivienda habitual. Declaración de la Renta 2012

    Saludos.

  10. Enrique Valls Grau
    #71
    27/05/13 16:38

    Os recordamos que estas son las fechas límites para la campaña de la renta 2012:

    26-06-2013 Fecha límite domiciliación bancaria. Último día para presentar declaraciones a ingresar, con domiciliación bancaria.
    28-06-2013 Último día para solicitar Cita previa para atención en oficinas.Último día para solicitar Cita previa para atención en oficinas.
    01-07-2013 FIN CAMPAÑA RENTA 2012.Último día para presentar Declaraciones de Renta 2012 y de Patrimonio 2012.FIN DE LA CAMPAÑA DE RENTA 2012.

    Un saludo,

  11. en respuesta a CIRO Consulting
    -
    Nuevo
    #69
    09/05/13 14:21

    Muchas gracias, CIRO Consulting

  12. en respuesta a Gabriel_r_g
    -
    #68
    09/05/13 12:58

    Buenos días Gabriel_r_g,

    El apartado a) del artículo 14.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio determina que "Cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza."

    Por tanto, tendrás que declarar estas rentas en el periodo impositivo en que recibas la resolución judicial y haya finalizado el plazo para presentar recursos.

    Saludos.

  13. en respuesta a kajika94
    -
    Carla Quinto
    #67
    09/05/13 12:48

    Buenos días Kajika94,

    Podrás solicitar el borrador por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) o en el 901 200 345 (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas). O bien, solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

    Saludos.

  14. Nuevo
    #66
    09/05/13 12:28

    Buenos días,
    Mi caso es un poco raro y no encuentro información por ningún sitio, En 2012 estuve trabajando y resulta que no cobraba desde septiembre de 2011; y acabé relación con la empresa con una denuncia para reclamar salarios. Aún no ha salido juicio, por lo que mi pregunta es la siguiente:
    Tengo que declarar en la renta 2012 los salarios que no he cobrado???
    Gracias de antemano,
    Un saludo

  15. Nuevo
    #65
    07/05/13 13:59

    buenos dias
    por esas cosas de la vida no conservo copia ni del borrador ni de la declaracion de la renta de 2011. Como podeis imaginar no puego solicitar el borrador via internet...como puedo hacer para obtener el borrador de la renta de 2012??

    gracias

  16. en respuesta a Manuela Sirb
    -
    #64
    07/05/13 10:53

    Buenos días Manuela Sirb,

    Se ha producido un error de acceso al Portal de servicios personalizados de Renta 2012. Te remito a la página de la Agencia Tributaria que lo explica más detalladamente.

    Saludos.

  17. Nuevo
    #63
    06/05/13 16:19

    hola,nesesito ayuda por favor!es que he intentado pedir el borrador por internet y cada vez que introduzco el numero de la casilla 620 me dice que es casilla erronea y no se que puedo hacer para pedir ya el borrador!
    gracias

  18. en respuesta a Carla Quinto
    -
    #62
    Anónimo 686804
    29/04/13 15:08

    Muchas gracias Carla por la rapidez.

  19. en respuesta a Anónimo 686804
    -
    Carla Quinto
    #61
    29/04/13 09:31

    Buenos días lucio2012,

    Sólo te podrás imputar la cuota que te corresponda sobre el valor total de las acciones, es decir, el 50%.

    Saludos.