En plena campaña de la Renta 2013 nos surgen muchas dudas acerca de en qué casilla ponemos los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario, las deducciones, en qué casilla nos sale el resultado final de la Declaración de la Renta... a continuación os explicamos cuáles son las casillas más importantes a tener en cuenta en el programa PADRE 2013:
Casillas rendimientos del trabajo
- Casilla 001: Rendimientos del trabajo: retribuciones dinerarias; en esta casilla también se tendrán que incluir las percepciones del FOGASA por rendimientos del trabajo no pagados por la empresa y las cantidades percibidas por planes de pensiones rescatados en modalidad de rentas periódicas.
- Casilla 018: Reducción por movilidad geográfica para los contribuyentes desempleados que acepten un nuevo puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio. Para poder aplicar esta deducción, el contribuyente deberá ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.
Casillas rendimientos del capital mobiliario
- Casilla 021: Intereses de cuentas y depósitos (y otros activos financieros en general). Además, en el caso de participaciones preferentes y productos de renta fija como los bonos, el cobro de los cupones se indicará también en la casilla 021.
- Casilla 023: Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades. Debemos tener en cuenta que aunque el importe recibido en concepto de dividendos sea inferior a 1.500€, se debe indicar en el programa PADRE ya que automáticamente el programa realizará la excepción de tributar por los 1.500€ primeros en dividendos.
- Casilla 025: Rendimientos derivados de la transmisión, amortización o reembolso de otros activos financieros. En esta casilla indicaremos el rendimiento obtenido por la venta de participaciones preferentes, que será la diferencia entre el valor de adquisición de las preferentes y el valor en el canje de las nuevas acciones, así como las retenciones que te aplicaron y la suma de los gastos de la operación.
Casillas ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales
- Casilla 234: Premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, indicando el importe total (sin descontar la retención soportada) de los premios en metálico, no exentos del impuesto, que se hayan oobtenido.
Plusvalías patrimoniales generadas en el corto plazo (menos de 1 años):
- Casilla 246 y 247: ganancias y pérdidas patrimoniales con fondos de inversión por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.
- Casilla 253: ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.
- Casilla 264 con la clave 5, 269 y 270: ganancias y pérdidas patrimoniales con otros elementos (Forex, CFDs...) por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.
Plusvalías patrimoniales generadas en el largo plazo (más de 1 año):
- Casilla 289 y 290: ganancias y pérdidas patrimoniales con fondos de inversión por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.
- Casilla 296: ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.
- Casilla 307 con la clave 5, 312 y 313: ganancias y pérdidas patrimoniales con otros elementos (Forex, CFDs...) por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.
Compensación de pérdida de ejercicios anteriores:
- Casilla 362: Compensación de pérdidas patrimoniales a menos de un año, Saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2009, 2010, 2011 y 2012 a integrar en la base imponible general, este importe no podrá ser superior en ningún caso al saldo positivo de la casilla 361 anterior.
- Casilla 369: Compensación de pérdidas patrimoniales a más de un año, Saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2009, 2010, 2011 y 2012 a integrar en la base imponible del ahorro, este importe no podrá ser superior en ningún caso al saldo positivo de la casilla 368 anterior.
* Ambos importes se deberán introducir por el contribuyente en el Programa PADRE, teniendo en cuenta las pérdidas de los anteriores años que han sido declaradas en las Declaraciones de la Renta de 2009 a 2012 y que tiene derecho a compensar.
Reducciones de la base imponible:
- Casilla 375: Reducción por tributación conjunta, dependiendo de la modalidad de la unidad familiar que tributa conjuntamente, el importe de la reducción será de 3.400 euros para las matrimonios no separados legalmente y de 2.150 para las unidades familiares formadas por el padre o la madre no casado o separado legalmente y hijos menores o mayores incapacitados a su cargo. Esta reducción se aplicará automáticamente en el caso de que la Declaración se haga en modalidad conjunta.
- Casilla 394 - 398: Reducciones por pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, excepto en favor de los hijos, sólo el cónyuge que aporte esta cuantía podrá aplicar la reducción en su Declaración de la Renta.
- Casilla 445: Deducción por anualidades por alimentos a favor de los hijos, sólo el cónyuge que aporte esta cuantía podrá aplicar la deducción en su Declaración de la Renta.
Deducciones:
- Casilla 546 - 558: Deducción por inversión en vivienda habitual: adquisición, contrucción, rehabilitación y adecuación para personas con discapacidad.
- Casilla 563 - 570: Deducción por alquiler de vivienda habitual.
Por último, puedes conocer en que casilla están las deducciones autonómicas de tu Comunidad Autónoma para aplicar en la Declaración de la Renta en el siguiente artículo: Deducciones autonómicas para la Declaración de la Renta 2013.
Casilla con el importe a ingresar o devolver de la Declaración de la Renta
- Casilla 540: Resultado a ingresar o a devolver de la Declaración de la Renta, cuota de liquidación del IRPF.