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Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2013

En plena campaña de la Renta 2013 nos surgen muchas dudas acerca de en qué casilla ponemos los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario, las deducciones, en qué casilla nos sale el resultado final de la Declaración de la Renta... a continuación os explicamos cuáles son las casillas más importantes a tener en cuenta en el programa PADRE 2013:

declaración de la renta 2013

Casillas rendimientos del trabajo

  • Casilla 018: Reducción por movilidad geográfica para los contribuyentes desempleados que acepten un nuevo puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio. Para poder aplicar esta deducción, el contribuyente deberá ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante. 

 

 

Casillas rendimientos del capital mobiliario

  • Casilla 021: Intereses de cuentas y depósitos (y otros activos financieros en general). Además, en el caso de participaciones preferentes y productos de renta fija como los bonos, el cobro de los cupones se indicará también en la casilla 021.
  • Casilla 023Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades. Debemos tener en cuenta que aunque el importe recibido en concepto de dividendos sea inferior a 1.500€, se debe indicar en el programa PADRE ya que automáticamente el programa realizará la excepción de tributar por los 1.500€ primeros en dividendos.
  • Casilla 025Rendimientos derivados de la transmisión, amortización o reembolso de otros activos financieros. En esta casilla indicaremos el rendimiento obtenido por la venta de participaciones preferentes, que será la diferencia entre el valor de adquisición de las preferentes y el valor en el canje de las nuevas acciones, así como las retenciones que te aplicaron y la suma de los gastos de la operación.

 

Casillas ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales

  • Casilla 234Premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, indicando el importe total (sin descontar la retención soportada) de los premios en metálico, no exentos del impuesto, que se hayan oobtenido.
 

Plusvalías patrimoniales generadas en el corto plazo (menos de 1 años):

  • Casilla 246 y 247: ganancias y pérdidas patrimoniales con fondos de inversión por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.
  • Casilla 253ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.
  • Casilla 264 con la clave 5, 269 y 270ganancias y pérdidas patrimoniales con otros elementos (Forex, CFDs...) por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en menos de un año.

Plusvalías patrimoniales generadas en el largo plazo (más de 1 año):

  • Casilla 289 y 290ganancias y pérdidas patrimoniales con fondos de inversión por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.
  • Casilla 296:  ganancias y pérdidas patrimoniales con acciones por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.
  • Casilla 307 con la clave 5, 312 y 313ganancias y pérdidas patrimoniales con otros elementos (Forex, CFDs...) por la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos en más de un año.

Compensación de pérdida de ejercicios anteriores:

  • Casilla 362: Compensación de pérdidas patrimoniales a menos de un año, Saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2009, 2010, 2011 y 2012 a integrar en la base imponible general, este importe no podrá ser superior en ningún caso al saldo positivo de la casilla 361 anterior.
  • Casilla 369Compensación de pérdidas patrimoniales a más de un año, Saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2009, 2010, 2011 y 2012 a integrar en la base imponible del ahorro, este importe no podrá ser superior en ningún caso al saldo positivo de la casilla 368 anterior.

Compensación de pérdidas en la Declaración de la Renta

* Ambos importes se deberán introducir por el contribuyente en el Programa PADRE, teniendo en cuenta las pérdidas de los anteriores años que han sido declaradas en las Declaraciones de la Renta de 2009 a 2012 y que tiene derecho a compensar. 

Reducciones de la base imponible:

  • Casilla 375: Reducción por tributación conjunta, dependiendo de la modalidad de la unidad familiar que tributa conjuntamente, el importe de la reducción será de 3.400 euros para las matrimonios no separados legalmente y de 2.150 para las unidades familiares formadas por el padre o la madre no casado o separado legalmente y hijos menores o mayores incapacitados a su cargo. Esta reducción se aplicará automáticamente en el caso de que la Declaración se haga en modalidad conjunta.
  • Casilla 394 - 398: Reducciones por pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, excepto en favor de los hijos, sólo el cónyuge que aporte esta cuantía podrá aplicar la reducción en su Declaración de la Renta. 
  • Casilla 445: Deducción por anualidades por alimentos a favor de los hijos, sólo el cónyuge que aporte esta cuantía podrá aplicar la deducción en su Declaración de la Renta. 

 

Deducciones:

  • Casilla 546 - 558: Deducción por inversión en vivienda habitual: adquisición, contrucción, rehabilitación y adecuación para personas con discapacidad.

 

Por último, puedes conocer en que casilla están las deducciones autonómicas de tu Comunidad Autónoma para aplicar en la Declaración de la Renta en el siguiente artículo: Deducciones autonómicas para la Declaración de la Renta 2013.

Casilla con el importe a ingresar o devolver de la Declaración de la Renta

  • Casilla 540: Resultado a ingresar o a devolver de la Declaración de la Renta, cuota de liquidación del IRPF.
  1. en respuesta a Empty
    -
    #20
    29/04/14 18:02

    si, lo miré todo y poniendo los 87 euros o no en la casilla 21 las casillas del 470 al 491 no varían,,,,no entiendo nada,,,en teoría entonces el programa al incluir esos 87 euros en la casilla 021 me hace automáticamente el descuento del 21 % si no paso los 6000 euro en intereses verdad? pues en mi caso no....no se que hacer o donde consultarlo el que está provocando ésta anomalía....

  2. en respuesta a andaacasa1
    -
    #19
    Empty
    29/04/14 11:53

    ¿Comprobaste los importes de las deducciones de la página 14 (l) (casillas entre 470 y 491) por si las hubiese variado, especialmente la de la casilla 491?

    (Ver comentario 15).

    Saludos.

  3. en respuesta a Empty
    -
    #18
    29/04/14 00:01

    pues no, es verdad, en francia no me practicaron retencío alguna, pensé que podía añadirla yo, ya que así me cuadraba el resultado final que yo esperaba en la declaración,,,entonces si que me he perdido, no encuentro esplicación,,,lo que me indicaste de "resumen de resultados" no lo entendí muy bien,,no se como consultarlo,la verdad....

  4. en respuesta a andaacasa1
    -
    #17
    Empty
    28/04/14 22:02

    ¿Te han practicado retención? En el caso de que no lo hayan hecho, no puedes añadir nada.

    Saludos.

  5. en respuesta a Empty
    -
    #16
    28/04/14 21:57

    De todas maneras y para no olvidar un detalle, en el programa padre en la casilla 021, en ingresos integros tengo que añadir los 87,67 a la cantida que ya me aparece como ingresos de depositos y cuentas en espaa, PERO TAMBIEN al lado en RETENCIONES tengo que añadir 18,41 euros que corresponden al 21% de los 87.67 euros,verdad?

  6. en respuesta a andaacasa1
    -
    #15
    Empty
    28/04/14 18:33

    Comprueba que no te haya modificado las deducciones, sobre todo la autonómica en casilla 491, en la página 14 (I).

    Puedes ver un "Resumen de resultados" de cada declaración si en la barra de de botones con iconos de la parte superior, pulsas el tercero empezando por la derecha.

    Te será más sencillo ver dónde se encuentra la diferencia comparando una y otra.

    Saludos.

  7. en respuesta a Empty
    -
    #14
    28/04/14 17:04

    no, en la casilla 506 no tengo nada, está a cero...la verdad que es un poco chocante, porque no me sale 19 euros menos en la declaración final, al aplicar los 87 euros en la casilla 21, en vez de los 30 euros qmenos que me salen al poner esa cantidad en la declaración final....

  8. en respuesta a andaacasa1
    -
    #13
    Empty
    27/04/14 21:52

    Comprueba que en tu declaración tienes alguna cantidad en la casilla 506.

    En caso afirmativo, esa puede ser la razón de la diferencia.

    Saludos.

  9. en respuesta a andaacasa1
    -
    #12
    27/04/14 20:52

    Es decir, Concretamente a mi me sale a devolver 480 euros, utilizando el programa padre la hice. Bueno, pues en la casilla 021 añado los 87 euros y una vez añadido, me sale a devolver 450 euros,,,y es lo que no entiendo porqué en teroría me debia aplicar el 21 % el programa automáticamente, ya que he tenido menos de 6000 euros de intereses....no se cual es el fallo o en su caso como puedo aclarar esta incidencia....

  10. #11
    27/04/14 20:41

    hola, yo tengo un problema respecto a indicar en el programa padre los intereses por una cuenta que tengo en un banco francés. El caso es que me ha rentado en el año 2013 87 euros y me dijeron que lo tenía que poner en la casilla 021, así lo hago, ya que no me han quitado porcentaje allí en Francia, así que lo pongo en la casilla para que me quiten el porcentaje correspondiente.. El problema es que con el programa padre hice la declaración, incluyendo los 87 euro de intereses en la casilla correspondiente. Lo que pasa que si bien el 21 % de esa cantidad son 19 euros, en el resultado final de la declaración, en vez de restarme esos 19 euros, me resta 30 euros al global…porque puede suceder eso? No me debía salir en el global de la declaración los 19 euros restados en vez de 30? saludos

  11. #10
    26/04/14 11:36

    Hola Amparo,

    No se en que casilla meter ( y como meter) la venta de unos derechos de ampliación de 50 acciones de Bankinter.
    El banco solo me ha indicado la fecha de venta y el importe de la venta (la fecha de compra y el importe de compra están en blanco).
    Ese dato ,en el borrador que me ha enviado hacienda, no aparece por ningún sitio.

    Gracias anticipadas y un saludo.

  12. en respuesta a Jorge34
    -
    Top 100
    #9
    25/04/14 08:54

    Buenos días,

    Los gastos y comisiones por la compra - venta de activos financieros (acciones, ETFs, fondos, CFDs...) se pueden deducir. Los costes de compra se sumarán al precio de adquisición y los costes de venta y mantenimiento se restarán del precio de venta. Un saludo,

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #8
    24/04/14 19:23

    Otra pregunta, ¿alguien sabe si las comisiones hay que incluirlas tanto en CFD´s como en acciones?

  14. en respuesta a Jorge34
    -
    Top 100
    #7
    24/04/14 10:40

    En este artículo se explica mejor: Compensación de pérdidas: Declaración de la renta. En el caso de los CFDs no ocurre esto, aquí tienes información sobre como tributan las plusvalías con CFDs generadas en menos de un año.

    Si las acciones Prisa las vendiste y han estado en tu cartera más de un año, van a la base imponible del ahorro (tributando entre el 21 y el 27%), si en cambio, las tenias en cartera menos de un año van a la base imponible general tributando a un tipo impositivo mayor.

    Un saludo,

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #6
    23/04/14 17:44

    Hola. No, el caso es que compré acciones de Prisa y vendí la mitad pero me quedé con la otra mitad que aún las tengo.

    Y bueno, eso de la compensación de pérdidas me acaba de matar. Varias veces he comprado acciones dos veces en menos de un mes...¿quiere eso decir que no me compensan las pérdidas? Lo que me faltaba ya, seguro que si son ganancias si me cobran los impuestos. ¿Con los CFD´s con Ibex, Santander, Iberdrola o BBVA pasa igual?

  16. en respuesta a Jorge34
    -
    Top 100
    #5
    23/04/14 09:40

    Buenos días, Creo que lo que nos quieres comentar es que compraste acciones de Prisa, vendiste la mitad, las volviste a comprar y las has vuelta a vender, es así? Si es así, debes tener en cuenta que no se puede aplicar la compensación de pérdidas en estas acciones ya que prima la Norma antiaplicación:

    Para beneficiarse de la compensación de pérdidas,en el caso de los activos que coticen en un mercado secundario, deben transcurrir desde la venta dos meses, antes y después de esa operación para volver a adquirir esos valores.
    Por el resto, solo ten en cuenta si las acciones han estado en cartera más de un año o menos, porque tendrás que diferenciar la base imponible dónde tributan (¿Cómo tributarán en 2014 las plusvalías generadas en menos de un año?). Un saludo,
  17. #4
    22/04/14 23:31

    Hola, yo tengo una duda. He comprado y vendido por dos veces acciones de una misma empresa en el mismo año (incluso en el mismo mes)...¿hay algún problema con eso a la hora de declarar?

    De hecho, compré en su día 30000 acciones de Prisa de las cuales vendí la mitad en 2013 y mantengo el resto aún...¿cómo lo reflejos?

    Muchas gracias.

  18. #3
    22/04/14 21:48

    Gracias Amparo ,por fin tengo la declaración a punto de enviar .

    Este año la tenia un poco mas liada y me ha ayudado mucho tu escrito .

    Saludos

  19. en respuesta a Jugoncete
    -
    Top 100
    #2
    15/04/14 17:41

    Bienvenido a Rankia,

    No, los cupones de renta fija no se consideran dividendos. Este tipo de rendimientos tributan en la casilla 021 como intereses de cuentas y depósitos (y otros activos financieros en general). Un saludo,

  20. #1
    15/04/14 17:01

    Tienen entonces los cupones de renta fija, retención fiscal? O por el contrario son desgravables los 1.500 primeros euros?

    Gracias