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Levantamiento o cancelación de la hipoteca: trámites y gastos

Levantamiento o cancelación de la hipoteca: trámites y gastos

¿Has terminado de pagar tu hipoteca? Descubre cómo hacer el levantamiento o cancelación para eliminar oficialmente esta carga registral.
Si has terminado de pagar tu hipoteca, es importante que formalices el levantamiento o cancelación de esta carga en el Registro de la Propiedad. Este trámite asegura que tu inmueble quede libre oficialmente de cualquier deuda hipotecaria, facilitando futuras operaciones financieras o de compraventa. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este procedimiento, incluyendo los costes, cómo hacerlo gratis y qué documentos necesitarás.

¿Qué gastos tiene el levantamiento de una hipoteca? ¿Puede hacerse gratis?

Para levantar una hipoteca tendrás ciertos costes asociados, principalmente gastos notariales, registrales y administrativos. Sin embargo, existe la posibilidad de realizar el levantamiento de la hipoteca gratis cuando la cancelación ocurre por caducidad, es decir, si ya han transcurrido más de 20 años desde el último pago estipulado en la escritura hipotecaria.

En otros casos, tendrás que asumir costes que suelen incluir:

  • Comisión bancaria (si procede).
  • Gastos notariales.
  • Gastos de registro.
  • Honorarios de gestoría (opcional).

¿Cómo hacer la solicitud de levantamiento de hipoteca por caducidad?

Para realizar la solicitud de levantamiento por caducidad, debes seguir estos pasos:

  1. Verifica que hayan transcurrido al menos 21 años desde la fecha del último plazo de pago fijado en la escritura hipotecaria original.
  2. Reúne la documentación necesaria: DNI, escritura original, y cualquier otro documento que acredite la finalización de la deuda hipotecaria.
  3. Solicita la cancelación directamente ante el Registro de la Propiedad: Realízalo mediante un escrito sencillo o modelo oficial, indicando que la hipoteca ha caducado por superar los 20 años desde el último plazo de pago.
  4. Una vez presentada la solicitud, el Registro de la Propiedad levantará la hipoteca sin coste, certificando la propiedad como libre de cargas.

Es importante que tengas claro que esta modalidad solo se aplica cuando la deuda hipotecaria no ha sido cancelada expresamente y ha superado los 20 años desde el último pago.

Documentación necesaria para levantar tu hipoteca

En la mayoría de los casos, para realizar la cancelación necesitas:

  • Escritura original del préstamo hipotecario.
  • Certificado de deuda cero (en caso de cancelación ordinaria).
  • Solicitud formal dirigida al Registro de la Propiedad (en casos de caducidad).
  • DNI del propietario o acreditación de heredero, si es el caso.

Ventajas de cancelar formalmente tu hipoteca


✅ Quedas libre para vender o hipotecar nuevamente tu vivienda.
✅ Evitas problemas futuros en trámites administrativos o jurídicos.
✅ Aumenta el valor de mercado del inmueble al eliminar cargas registrales.

Trámites para hacer el levantamiento de la hipoteca

Para levantar la hipoteca, tienes dos opciones:
A través de la entidad financiera
Solicita a tu entidad financiera el levantamiento de hipoteca. La entidad está obligada a hacerlo, aunque puede gestionarlo a través de una gestoría. 
Por tu cuenta
  1. Solicitar un certificado de deuda cero a tu entidad financiera.
  2. Acudir a un notario con el certificado de deuda cero para que prepare la escritura de la cancelación.
  3. Rellenar el formulario 600 del impuesto de la delegación de Hacienda (IAJD)
  4. Llevar la escritura de cancelación y los formularios correspondientes al Registro de la Propiedad. 

¿Qué es el levantamiento y/o cancelación de una hipoteca?

El levantamiento o cancelación de una hipoteca es el procedimiento mediante el cual se elimina la carga hipotecaria registrada sobre una propiedad cuando ya has terminado de pagar la deuda. Realizar esta gestión es importante porque, mientras no canceles la hipoteca en el Registro de la Propiedad, tu vivienda seguirá apareciendo con esta carga, dificultando futuros trámites como la venta o solicitud de nuevos préstamos.

Levantamiento de hipoteca gratis: ¿cuándo es posible?

Puedes cancelar tu hipoteca de forma gratuita cuando ha transcurrido el plazo legal de 20 años desde el último pago establecido en la escritura hipotecaria. Pasado ese periodo, se produce la cancelación por caducidad, que permite solicitar al Registro de la Propiedad el levantamiento de la hipoteca sin coste alguno.

Preguntas frecuentes


¿Puedo vender mi casa si no he levantado la hipoteca?

No es recomendable, ya que el comprador verá que el inmueble tiene cargas y esto podría entorpecer la operación.

¿Qué ocurre si nunca cancelo formalmente la hipoteca?

Tu vivienda seguirá apareciendo con cargas en el Registro de la Propiedad, lo que podría dificultar futuras gestiones.

¿Necesito abogado para hacer la cancelación?

No es obligatorio, pero puede ser útil para facilitar los trámites, especialmente si desconoces los procedimientos administrativos.

¿Se puede cancelar la hipoteca antes de los 20 años?

Sí, pero tendrá costes notariales, registrales y posiblemente bancarios asociados.

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  1. #20
    25/11/20 18:25
    Estimada maria,

    En tu blog, dices que los gastos de notario de dicha cancelación corresponden al tomador del préstamo. Sin embargo, la sentencia 644/2018 de Audiencia Provincial de Bizkaia argumenta lo siguiente:
     
    La inscripción en el registro se hizo en beneficio y garantía de la parte prestamista. De ahí que la jurisprudencia citada tantas veces conduzca a la misma conclusión que la sentencia de instancia, puesto que si el gasto de constitución era innecesario para la parte prestataria, ni tiene que afrontar la inscripción en el Registro Propiedad de la carga, ni la desaparición o cancelación de la misma, que no hubiera existido de no interesar al banco su constancia tabular.
     
    Y de hecho obliga a la entidad a devolver al cliente los gastos correspondientes.
     
    Te agradecería me dijeras porque tu opinión es distinta de la del tribunal
     
  2. #19
    23/08/20 17:07
    Hola. Voy a comprar un piso con el dinero en mano, sin hipoteca por lo que mi banco no va a la firma de escritura. El piso que compro tiene una hipoteca y tengo dos dudas. Primera. No sé a quien debo dar el cheque para cancelar la deuda hipotecaria, porque el banco del vendedor tampoco va a venir a la firma de escritura. Segunda. No sé quien se puede encargar de hacer el levantamiento registral de la hipoteca, ya que yo no podré solicitar el certificado de deuda cero de una hipoteca concedida al antiguo dueño. El notario dice que él no hace ese tipo de tramites y el vendedor lo podría hacer pero vive en Canarias y la vivienda se encuentra en Madrid. Y no me parece adecuado darle la provisión por levantamiento de hipoteca porque si no la hace me quedo con un problema para siempre. Gracias. 
  3. #17
    18/10/19 09:35

    Acabo de hacer los tramites y es como se comenta en el artículo, aunque los datos económicos están desfasados.
    El banco de la compradora (era por venta) me retuvo 1.200 euros que es lo que cobran por hacer los trámites, y mi banco 1.000 euros (es ING). Decidí hacerlo por mi cuenta y el notario me ha cobrado 192 euros, y en el registro de Ocaña 164 euros.
    Es bastante sencillo todo aunque un poco lento.

  4. Nuevo
    #16
    28/09/19 20:51

    Hola me interesa el articulo, tengo la hipoteca lista pero quiero hacer la activación. Cómo haría en mi caso? gracias

  5. Nuevo
    #14
    25/02/19 14:00

    Yo terminé de pagar mi hipoteca en el 2003, con el banco zaragozano. Ahora voy a Caixabank a pedir certificado de cancelación y me dicen que no existo. Que no hay nada de documentación. Alguien sabe qué tengo que hacer?

  6. #13
    22/02/18 19:51

    Me ha gustado el artículo. Ahora estoy yo con estos trámites. En mi caso el banco se encargaba de todo y me ofrecía una gestoría para el papeleo. Los gastos estimados unos 850€. Me pareció desproporcionado y lo hice por mi cuenta. Me ha salido más económico, pero no tanto como se cita en el artículo.
    El certificado de deuda cero, Ibercaja no me cobró nada, me lo dieron sin problemas.
    El notario, después de llamar a varios, la tarifa más económica para una hipoteca de 90.000€ VPO, han sido 176€.
    Y el registro de la propiedad, de la inscripción , sin pedir la nota simple posterior, 130€.
    En resumen 300€, que no son los 850 que me pedía el banco pero tampoco los 200 que parece desprenderse del artículo. Gastos Feb.2018 en Zaragoza, por si os puede servir a alguno.

  7. en respuesta a Antonio40
    -
    Nuevo
    #12
    30/06/17 17:43

    Hola Antonio
    Como puedo hacer tengo una hipoteca y quiero hacer el levantamiento

  8. #10
    08/05/17 17:35

    HACERLO POR VUESTRA CUENTA
    Puede haber un ahorro de un 66% en algunos casos como en el que veis.
    En el cual el EX-cliente se quejo al NOTARIO de la "ostia" y el mismo NOTARIO LEVANTO LA LIEBRE.
    Evidentemente la entidad puso MIL Y UNA PEGAS a la hora de facilitar los papeles GRATUITOS DADO DE QUE SOLO ESTAN EN PODER DE LA ENTIDAD.
    El EX -cliente AMENAZO Y todo fue sobre ruedas.
    Ahora DENUNCIA A LA ENTIDAD por CLAUSULAS ABUSIVAS que pago en su dia....INCLUIDOS LOS GASTOS DE INSCRIPCION DE LA AQUELLA HIPOTECA.

  9. en respuesta a Correcaminos
    -
    #9
    18/04/17 13:21

    A mí en el Popular me cobraron 30 euros por el certificado de deuda cero. Reclamé por email al defensor del cliente y me lo devolvieron directamente sin ningun problema.

    Por lo que he leído realmente la notaría no lo necesita para nada, pero como es necesario que firme alguien del banco parece que es ahí donde la persona del banco "necesita" el certificado de deuda cero (aunque es una tontería porque es evidente que tienen esa información)

    Saludos.

  10. en respuesta a patadu
    -
    #8
    16/04/17 12:52

    Insisto el certificado no es necesario, a pesar de que algunas, o muchas notarias, lo piden.

    No hace falta, es nuestra picaresca que nos acompaña desde tiempos inmemoriales.

  11. #7
    15/04/17 19:17

    El certificado de cancelacion registral que hacen los bancos te cobran de 50-100 euros, no por la gestoria sino pòr el certificado, en segun que entidades tienes que pagar al hacer la solicitud, una vez hecho el cerfiticado que no es a automatico lo remiten a una notaria, la que tu quieras y de alli te llaman para que pases a pagar la escritura de cancelacion, llevando tu al registro o desde la notaria lo llevaras pero te cobraran por la gestion.
    Si no necesitamos la cancelacion, transcurrridos 20 años desde el vencimiento de la hipoteca, no hace falta certificado del banco ni escritura del notario, pasar directamente por el registro.

  12. en respuesta a Correcaminos
    -
    #6
    Josehga
    15/04/17 06:20

    No deben cobrar por este certificado. Si así lo hacen, hay que reclamar.

  13. en respuesta a Correcaminos
    -
    #5
    14/04/17 20:09

    A mi no me lo piden, en realidad es lógico que no sea necesario, notaría solamente necesita que vaya un apoderado del banco y firme la escritura de cancelación graantizando que el préstamo está pagado.

    Me temo que el certificado de deuda cero se un "negocio", como siempre a costa de los mismos.

  14. #4
    14/04/17 20:05

    Ahora mismo estoy en plenos trámites de cancelación de hipoteca y hay dos cosas que quiero señalar:

    Mi notaría no me pide el Certificado de Deuda Cero, dicen que no lo necesitan para nada.

    El Modelo 600 me lo rellenan en el Registro de la Propiedad y allí se queda. No tengo que ir a Hacienda ni a ningún sitio mas. Solamente Notaría Y Registro de la Propiedad.

  15. #3
    14/04/17 19:28

    A mi en Liberbank pese a realizar yo la gestión del levantamiento de hipoteca me cobraron, les puse una reclamación y posteriormente lo denuncié al Banco de España y les dieron la razón argumentando que el importe era por gastos no cargados por el Banco sino por una Gestoría, que a fecha de hoy sigo sin saber que gestión realizó ya que lo único que hizo el banco fue ir a la notaría y por eso no deberían de cobrar.

  16. en respuesta a Correcaminos
    -
    #2
    18/12/15 08:48

    Buenos días Correcamino,
    En principio y según tenía entendido, el banco lo ha de proporcionar de forma gratuita. Realmente en la práctica no se si se está cobrando algún gasto por tramitación...

    Un saludo

  17. #1
    18/12/15 01:43

    interesante articulo. Se puede exigir a la entidad financiera que te haga el "certificado de deuda cero" sin cobrarte?

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