(Nota: Como otra entrada aparecen estos párrafos con los que debía concluir la entrada anterior, que no sé por qué no los subió el programa y sin los cuales queda "coja")
De todo lo anterior, es decir, de pensar en una organización terrorista desde una perspectiva económica se siguen algunas consecuencias para la política contraterrorista que quizás puedan ser de interés.
En primer lugar se tiene que la política antiterrorista más efectiva en términos relativos no será la política de represión policial en sentido estricto, sino la política policial de represión económica, o sea, aquella que busca hacer más difícil la supervivencia económica de la "cooperativa" terrorista. Y ello, se podrá llevar a cabo a través de dos vías:
a) dificultando los ingresos del grupo terrorista ya sea controlando sus transacciones financieras, ya sea persiguiendo la recaudación del "impuesto revolucionario", ya sea dificultando sus actividades delictivas comunes. Una pieza importante de esa política represiva de tipo económico es la de identificación y detención de los "trabajadores/terroristas" a tiempo parcial que suelen ser quienes se encargan de las tareas de información y cobro del impuesto revolucionario así como las de gestión legal de los recursos económicos de la organización (transferencias bancarias, provisión de cobros, contratos de alquiler, etc., etc.). El papel clave de estos "trabajadores" se acentúa si se tiene en cuenta, además, que son también imprescindibles para la "gestión" de los secuestros que es una vía importante de recursos financieros. Dicho de otra forma, los terroristas "legales" a "tiempo parcial" y los "liberados" a "tiempo completo" son factores de producción estrictamente complementarios, de modo que el éxito en la desactivación de los de tiempo parcial incide de modo determinante sobre la "eficacia" terrorista de los otros, los "liberados". Incluso podria decirse que puestos a elegir entre enfocar las tareas antiterroristas sobre uno u otro colectivo, la decisión más eficiente exigiría concentrar las tareas represivas sobre los "legales", pues el efecto negativo sobre la supervivencia económica y por ende la efectividad de la "cooperativa" terrorista es mucho mayor. No es despreciable aquí hacer referencia a un factor añadido cual es el que el efecto mediático de la detención de un "liberado" suele ser mayor que la de si uno "legal" se tratara, con lo que la publicidad que consigue la banda terrorista es menor.
b) aumentando los costes de la actividad terrorista. Si suben los gastos a los que ha de enfrentase la "cooperativa" (por ejemplo, por tener que pagar más por sus aprovisionamientos de su materia prima y equipo capital (armas, municiones, gastos en cobijo y escondite,...), sin duda que la actividad terrorista disminuirá. Frente a quienes podrían inclinarse a pensar que ese incremento de los precios de sus inputs y de sus costes llevaría correspondientemente a la "cooperativa" terrorista a reduplicar sus esfuerzos para allegarse más recursos económicos, puede argumentarse que, fuera del efecto sustitución de que esa subida en los gastos llevará a que dedique una proporción mayor de su actividad terrorista a la de tipo pecuniario, la Economía predice que el resultado de tal variación al alza en los precios de los "factores de producción" que usa será una disminución del output "producido", o sea, de su capacidad de hecer actividades terroristas. Y ello por dos razones. La primera es la misma que se usa cuando se analiza el efecto de una subida en el precio de una materia prima (por ejemplo, el petróleo o la energía) sobre cualquier actividad económica llevada a cabo por cualquier empresa legal. La subida en el coste lleva a alterar su nivel de producción óptimo o de equilibrio a la baja, a un nivel inferior. La segunda, específica para el caso de una cooperativa, es que el aumento de los gastos, se traduce en una caída de los ingreson netos a repartirse entre los o socios determinantes de la cooperativa, o sea, los "liberados" en la cooperativa terrorista. Es decir, en una caída de los netos medios o por "trabajador/terrorista liberado". Sus condiciones de vida caen, por lo que la alternativa para mejorarlas pasa por aumentar esos ingresos netos medios disminuyendo su nivel de empleo, o sea, el número de "trabajadores" que forman parte de la cooperativa, por ejemplo no cubriendo "bajas" en el grupo de liberados. Ahora bien, ese descenso en el número de terroristas "full-time" se traduce en una caída de la capacidad operativa de la organización.
Finalmente, algo más se puede decir acerca de la política de reinserción social de los terroristas desde este punto de vista. Al margen de lo que se ha dicho acerca de las dificultades que su especialización en las actividades "destructivas" supone a la hora de cambiar su actividad a las más pacíficas ya sean productivas o improductivas (como, por ejemplo, lo es la actividad política), se tiene que una política penitenciaria más benévola que permite salir de las cárceles a algunos terroristas, le puede plantear a la "cooperativa" terrorista un problema añadido económico en la medida que tenga el compromiso de hacer frente a sus -llamémoslas- "pensiones de jubilación". Mientras estuvieron en la cárcel, su mantenimiento básico corría a cargo del Estado, pero al salir, deja de ser así, con lo que ya sea que se reintegren a la "actividad" o ya sea pasen a ser "pasivos", su mantenimeinto afecta a los ingresos netos medios de la cooperativa, dificultando su supervivencia económica.