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Rajoy ha gando las elecciones

29 respuestas
Rajoy ha gando las elecciones
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#17

Re: Rajoy ha gando las elecciones

De acuerdo contigo: Si el Gobierno del PP metió la gamba al promulgar la D.A. 4ª (como así resulta a tenor de las Directivas de la CEE que no es oportuno citar aquí y ahora, ese no es problema ni responsabilidad de los Directivos de las empresas que se limitaron a aplicar los criterios existentes (ninguno) antes de esa norma, y los que dicha norma estableció a partir de su entrada en vigor el 1 de marzo de 2004.

Siempre desembocamos en el único responsable final del entuerto, que NO ES OTRO QUE EL ESTADO CENTRAL ESPAÑOL (SUJETO ACTIVO) y no propiamente las empresas (Sujeto Pasivo de las normas fijadas por el Estado).

#18

Re: Rajoy ha gando las elecciones

... "la libertad de culpabilidad de los directivos , supondrá para todos los afectados que la intervención fué desmedida, inadecuada y carente de fundamento con la consiguiente responsabilidad patrimonial del Estado. Y en esta vida hay que ser prácticos y, yo no voy a enturbiar mi alegría de conseguir recuperar mis ahorros por una u otra via, por el hecho de que salgan indemnes los Directivos. Si la dicha de los Directivos de las empresas trae consigo nuestra dicha como afectados ¿porqué nos vamos a amargar ? o ¿ es que preferimos que nos saquen un ojo con tal de ver que a los directivos les sacan los dos ojos?. El pragmatismo debe estar por encima del rencor y la venganza".

Corroborando tu afirmación, te revelo algo mucho más importante todavía. Ésto es, que la convicción previa de que el destino y la solución para los afectados debía de ser distinto y correr la suerte opuesta a la que se pretendía para los ex-directivos (prejuzgados y condenados de antemano) era y es un fatal error de cálculo, que sólo puede conducir a nuestra propia derrota.

Desde el principio se vió claro, que nuestra suerte debía correr paralela a la de las empresas y sus directivos imputados. Siendo, de tal manera, que si éstos fuesen declarados culpables por alguno de los cargos que se les habían atribuido, nosotros apareceríamos todos, como los perjudicados por la acción exclusiva y directa de ellos, con lo que el resto de los actores institucionales que aparecen en ésta trama, tendrían la justificación perfecta para eludir, cómodamente, sus responsabilidades.

Tan certera resultó ésta suposición que tuvimos los denostados "afinseros", que así ha sido, finalmente, una vez que la RPE que se solicitó, por "in vigilando", ya ha sido, irremisiblemente, rechazada.

Pretender seguir con la equivocación de apuntar a quienes, con seguridad, van a ser declarados inocentes, es empeñarse en hacerles el juego a los verdaderos culpables de éste atroz atentado, que, además, se permiten vilipendiarnos, mofándose de nosotros frente a la opinión pública, ante la que su fechoría cobra plena legitimación (intervenimos para salvar a esos ingenuos "listillos" y avariciosos). "Que no pretendan que el Estado tenga que pagarles nada", afirma el clamor popular, unánime.

Desviar la atención de los auténticos causantes de éste latrocinio, es la mejor absolución que les podía haber caido del cielo y ésto, justamente, es lo que la inmensa mayoría de afectados han venido haciendo, inconscientemente, en gran parte, abducidos y confundidos, por bufetes y asociaciones subvencionadas, que junto con los medios de comunicación afines, se prestaron a cumplir, fielmente, con las consignas del Poder establecido.

Llegados a éste punto y una vez que la controvertida Disposición Adicional IV, ha sido ratificada en la nueva ley del 2007 sobre los bienes tangibles, además de haber sido negada la existencia de falta de control o vigilancia por los organismos públicos, carece de sentido despreciar dicha disposición contenida en la ley, cuando existen normas semejantes en otros paises de Europa, que rigen la actividad de éste sector económico.

Efectivamente, hay dos modelos, igualmente válidos, que posibilitan la regulación de éste tipo de negocios. Uno es el enfoque mercantil y el otro es el financiero. La UE no establece ningún criterio unánime a aplicar, quedando éste sometido a la legislación particular de los diversos Estados de la Unión.

Criticar, pues, al PP, por la implantación, en su día, de la normativa legal cuyo contenido esencial sigue aún vigente, sin que jamás fuera derogado por ninguna otra autoridad política, es un vano e inútil intento, de persistir en una estrategia, abocada al fracaso y a una completa pérdida de tiempo. Peor aún, sería el golpe definitivo para todos los afectados, continuar asentado en una premisa, que se sustenta sobre un principio arbitrario y valorado según la concepción personal de cada uno.

#19

Re: Rajoy ha gando las elecciones

¡ Jopé !.En este foro parece que se empieza ha hablar con fundameto y desde la lógica mas aplastante.

Como esto siga así, algunos no van a saber donde ubicarse

#20

Re: Rajoy ha gando las elecciones

Créeme si te digo que este tema esta bien definido en varias Directivas de la CEE y en Sentencias del Tribunal de Luxemburgo y un dictçamen del Banco Central Europeo, que no es el caso ni el momento exponer en este foro sino ante los Tribunales que deben seguir dictando Sentencias en las diferentes jurisdicciones.

Respecto a la D.A. 4ª (la infausta), fué derogada por la Ley de los Socioslistos (Ley 43/2007) que era practicamente igual a la anterior con la única diferencia de que para adquirir una litografia de 500 euros en Arte y Naturaleza había que requerir la intervención de Notario, mientras en una subasta puedes adquirir un cuadro de 3 millones de euros sin Notario. !Para descojonarse de risas! Ja, ja , ja , y estos idiotas del culo nos han estado desgobernando y arruinando durante 8 años y ahora siguen en las Cortes de Diputados y Senadores, viviendo de los parados y los exzpoliados. Menuda democracia de mis coj...que tenemos en este país, ja, ja , ja. Me rio por no irrumpir en impropierios. Ese tío no se va a vivir a León porque allí no podría salir a la calle sino rodeado de 20 guardaespaldas armados hasta los dientes. Ahora se mete en un chalet de Somosaguas y sólo saldrá en coches blindados y de cristales ahumados y con un coche de guardaespaldas delante y otro detrás. ! Los que la hacen la temen, y saben que la pueden pagar, pues ES DE JUSTICIA QUE EN ESTA VIDA EL QUE LA HAGA DEBE PAGARLA !. hASTA LA bIBLIA ALUDE A LA lEY DEL tALIÓN, AL OJO POR OJO, Y EL MISMISIMO jEHOVÁ SE VENGÓ DE sODOMA Y gOMORRA, Y DE LOS eGIPCIOS LANZAÁNDOLES LAS SIETE PLAGAS que acabaron con todos los egipcios, incluídos los niños de pecho y los nasciturus. Si el mismo Dios se tomó de su propia mano, qué no haría yo si tuviera los mismos medios destructivos. ¿Qué harías vosotros ?.
El perdón es cosa del Gobierno Zapatero, que lo último que huizo es amnistiar al Sr. Sáez, mano derecha del tío Botín (nuestro Santo Patrón).

#21

Re: Rajoy ha gando las elecciones

Gracias por tu respuesta. Me creo, perfectamente, lo que indicas sobre los pronunciamientos de las instituciones europeas respecto de éste tema y que yo desconozco, enteramente.

No soy entendido en la materia, pero sí creo saber con claridad (te ruego que me corrijas si me equivoco) que la operativa del sector de los bienes tangibles, está regulada por un criterio financiero, en unos Estados en la UE y en otros países, en cambio, prevalece una concepción mercantil de la actividad, tal y como sucedía en España con el negocio de Afinsa y de Fórum.

Sin pretender entrar en valoraciones subjetivas sobre la bondad o conveniencia, de que deba prevalecer un enfoque sobre el otro (cosa que solo incumbe a los expertos), yo entiendo que el modelo por el que se regía Afinsa, aquí en España, era conforme con la legalidad vigente y en su totalidad.

Jamás existió ninguna disposición (ni siquiera recomendación) procedente de Europa, que exigiese a ningún Gobierno de España, en más de 25 años, ilegalizar y clausurar la actividad de éstas empresas, tal y como se hizo, bajo la acusación de haber operado, éstas, en un fraude de ley.

Si ésto último, es lo cierto, entonces, deberá ser eso solo, lo único verdaderamente relevante y trascendente, para nosotros, de cara a las reivindicaciones de todo tipo de responsabilidades por las que estamos peleando. Así es como lo creo yo.

Un saludo.

#22

Re: Rajoy ha gando las elecciones

Te contesto con gusto que, por ejemplo, en el Estado vecino de Portugal, y en fechas aproximadas a las de la DA 4ª, la actividad de las empresas de tangibles se considera financiera por una Ley Nacional de esa República, que somete tales actividades a la supervisión y control de un órgano eqwuivalente a nuestra CNMV.
En cuanto a la CEE, existe una primera Directiva de obligado cumplimiento para todos los Estados Miembros de la CEE (la 780/77, del año 1977, y otras posteriores dictadass por la Comisión de la CEE y su Parlamento en los años 1989, 2000, 2006, en todas las cuales se prohibe a las personas físicas y jurídicas que no sean Entidades de Crédito, desarrollar una actividad profesional que consista en la recepción de sumas de dinero del público en forma de depósitos U OTROS FONDOS REEMBOLSABLES.

El Estado Español , en cumplimiento de la obligación impuesta por el Tratado de la CEE, ha ido transponiendo a la legislación española esas Directivas de obligado cumplimiento, y en concreto, en el punto citado, el artº. 28. 2. letra B) de la Ley de Disciplina e Intervención de Entidades de Crédito recoge el siguiente texto, desde 1994: << Queda prohibida a las personas fisicas o jurídicas realizar operaciones reservadas a las Entidades de Crédito , que consistan en la captación de FONDOS REEMBOLSABLES del público en forma de depósitos, préstamos, cesión temporal de activos financieros (....)>>.

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA CEE con sede en LUXEMBURGO,y a quien COMPETE LA FUNCIÓN ESENCIAL DE INTERPRETAR Y ARMONIZAR LA APLICACION DEL DERECHO COMUNITARIO PARA QUE LAS NORMAS DE LA CEE SEAN APLICADAS DEL MISMO MODO Y MANERA EN TODOS Y CADA UNO DE LOS ESTADOS MIEMBROS -, dictço en dictó el 11.02.1999 una Sentencia interpretando qué debe entenderse por <>, estableciendo con fuerza vinculante para todos los Tribunales de los Estados Miembros,que "cualquier rfecepción de una suma de dinero que vaya acompañada de un compromiso o garantía de devolución de la suma de dinero a quien hizo la entrega del mismo, y ya exista ese compromiso antes del contrato o surga de una estipulación del mismo, DEBE CONSIDERARSE UN DEPOSITO DE DINERO". Postyeriormente, en 2006 el BANCO CENTRAL EUROPEO (EL MISMO QUE ESTÁ SALVANDO A ESPAÑA DE LA QUIEBRA AL COMPRARNOS MASIVAMENTE LA DEUDA PUBLICA e inyectando CONTÍNUOS "CHUTES DE LIQUIDEZ" en la exhausta tesorería DE NUESTRO EXANGUE SISTEMA BANCARIO"), ha emitido un DICTAMEN EN EL QUE SE REITERA Y RECUERDA LA DOCTRINA ESTABLECIDA AL RESPECTO POR EL tribunal de justicia de la cee en la Sentencia antes citada.
Con estas mimbres, ES INAUDITO QUE EL GOBIERNO DE TURNO DICTASE LA D.A.4ª., QUE CONTRAVIENE ABIERTAMENTE LAS DIRECTIVAS DE LA CEE Y LA DOCTRINA INTERPRETATIVA DEL tRIBUNAL DE jUSTICIA DE LA CEE

#23

Re: Rajoy ha gando las elecciones

(SIGUE)
De acuerdo con lo anterior, y vistos los contratos con ojos sanos (no con los calificativos que emplean las empresas autoras de los contratos de adhesión estandarizados), todos sabemos y así está garantizado en los contratos de las tres empresas de tangibles, que éstas garantizaban que el inversor recibiría al finalizar el contrato, una suma de dinero igual a la suma inicialmente entregada a la empresa más una cantidad adicional (expresada en forma de un porcentaje determinado anual, simple o acumulado - compuesto - según los casos, o por diferencia entre la suma incial entyregada a la empresa y la suma superior de dinero que la empresa se comprometía a pagar al inversor). Así pues, según laas normas de la CEE obligatorias para los Estados Miembros e interpretadas port el Tribunal de Luxemburgo, la recepción por las empresas de la suma de dinero entregada a las mismas por el inversor, con garantía de devolución (lo llamen como quieran las empresas, tal denominación carece de valor alguno según doctrina constante del TS, pues lo que interesa es el propósito perseguido por los firmantes del contrato), SE TRATA DE DEPOSITOS DE DINERO A PLAZO FIJO Y REMUNERADOS (IGUALES A LAS IMPOSICIONES BANCARIAS A PLAZO FIJO), por lo que tanto al Gobierno del PP, como al del PSOE que repitió la misma jugada de la "patada adelante" con su Ley 43/2007 que derogó la D.A. 4ª, Y SIENDO MUY BENÉVOLO, LOS CALIFICO DE "PATANES", "desvergonzados", "inmorales" infractores conscientes de las normas y doctrina de la CEE lo que tiene su réplica en un tipo delictivo del Código Penal, como así se planteará a los Juzgados de la Plaza de Castilla a finales de abril, si antes el Gobierno de turno no mueve ficha en favor de una rotunda solución del problemA

#24

Re: Rajoy ha gando las elecciones

Si lo que dices sobre lo indicado por la directiva de la CEE. es cierto, y que no pongo en duda de que así sea, ésto no hace otra cosa que no sea convencerme aún mas de la clara responsabilidad patrimonial del Estado. Y añadiré algo mas : Si la Ley a la que estaban acogidas éstas empresas, contravenía las normas de la CEE., ¡nó solamente existe una clara responsabilidad patrimonial cara a los clientes, si no, también cara a las empresa!. Con lo cual, cada día que pasa, la pelota económica-mutimillonaria a la que tendrá que hacer frente el Estado,engorda cada vez mas.

Esto también me hace sospechar que,tanto el PSOE. como el PP. eran perfectos conocedores de ésta, llamémosle, irregularidad, y el lugar de enderezar el entuerto mediante una disposición adicional mas, por ejemplo, simplemente aquí vino el PSOE. con su dirigentes de intelegencia supina, dieron una patada a las empresas y aquí se terminó a historia.

Está visto que, se coja por donde se coja, la responsabilidad patrimonial del Estado,está meridianamente clara. La pena es el tiempo, que sigue pasando y mantiene a los afectados con el agua a la altura del cuello.

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