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Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

8 respuestas
Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo
Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo
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#1

Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

Os pongo un enlace de una noticia que sale en el periódico el Mundo por la cual Solbes reitera que tendremos que declarar los rendimientos de algo que no sabemos si volverá a formar parte de nuestro patrimonio.

http://www.elmundo.es/mundodinero/2006/06/05/economia/1149518466.html

Un saludo,

#2

Re: Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

Por supuesto que yo no lo voy a declarar...ya lo que nos faltaba.
Y encima no se aclaran si como ganancia patrimonial ó como rendimiento....ver para creer.....

#3

Re: Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

Si, y ademas no lo podemos hacer como hasta ahora, como incremento patrimonial superior a 1 año (15%), si no como rendimiento capital mobiliario (financiero, gracias inspectora YABAR) que sale en la base y normalmente muy superior al 15%, o sea que su padre lo va a declarar!!

Adeu!!!

#4

Re: Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

Pues yo igual lo declaro para evitarme problemas pero lo que sí tengo claro es que lo voy a hacer igual que hasta ahora, es de cir, como ganancia patrimonial porque es lo que pone en el certificado que me ha enviado Afinsa.
Si para poder declarar la pérdida patrimnonial que según ellos voy a tener hay que esperar a que haya sentencia firme al respecto, pues para que declare como rendimiento de capital mobiliario habrá que esperar eso también o ¿no?

#5

Creo que no dice exactamente eso.

Lo que leo es que dice algo tan evidente como que si hay rendimientos hay que declararlos y si no hay, no.

La cuestión es si hay o no rendimientos. En eso no se moja, luego, no me parece que sea una respuesta, sino una lavarse las manos.

#6

Bienvenidos a la realidad

Si yo le vendo a un señor una mercancia a 90 dias y no me la paga...

a) Aun asi tengo que seguir ingresando el IVA como si lo hubiese cobrado...

b) Tengo que declarar el beneficio teprico que he obtenido con la venta y solo en suspuestos muy concretos(proc. judiciales individuales, quiebras y demas) podre provisionarlo....

Vamos, que lo que estan diciendo no es nada que sea nuevo...

#7

¡ Viva la realidad que le conviene a Echevarri !

Aleluya hijito, ¡ qué faciliad tienes para percatarte de la realidad que más te conviene !

Saludos cordiales desde Rankia, querido Echevarri.

#8

Re: Respuesta de Solbes al Defensor del Pueblo

Entiendo que, desgraciadamente, tenemos que declararlo como incremento patrimonial, un saludo, berrene

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