Sellos falsos
CREO QUE CON EL TIEMPO NOS VAMOS OLVIDANDO TODOS DE LA QUERELLA DE LA FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN. EN ELLA SE PUEDE LEER DE DONDE VIENEN LOS SELLOS FALSOS ( GUIJARRO LAZARO) QUE HAY INFORMES PERICIALES DE LA FABRICA NACIONAL DE LA MONEDA Y TIMBRE Y YO NO ENTIENDO DE SELLOS PERO ME PARECE QUE ES EN ESOS INFORMES EN LOS QUE SE SUSTENTA LA AFIRMACIÓN DE LA INSPECTORA DE QUE SON SELOOS FALSOS. ¿ QUE OPINAIS LOS EXPERTOS EN SELLOS? TRANSCRIBO LA PARTE DE LA QUERELLA QUE SE REFIERE A ESO Y LA DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA.
Respecto al valor de los sellos, la mercancía en los contratos PIC y MIP es suministrada por unos pocos proveedores fijos a los que AFINSA compra aproximadamente a un 50% del precio de las posteriores ventas, con un margen comercial en éstas, por tanto, del 100%. Para la mercancía CIT, AFINSA utiliza, como ya se ha dicho, un único proveedor durante los años objeto de comprobación por la Oficina Nacional de Inspección de la Agencia Tributaria. Según señala ésta en el informe que dio lugar a la incoación en la Fiscalía Especial para la represión de los delitos relacionados con la corrupción de las Diligencias de Investigación 16/05, la mercancía adquirida por AFINSA a su principal proveedor GUIJARRO LÁZARO, lo fue a un 8% del precio del catálogo, vendiéndola después a los inversores con un margen del 1.150%. En concreto AFINSA, durante los ejercicios 1998 a 2002, compró a GUIJARRO LÁZARO sellos por 57.884.084,03 € (9.631.101.205 pesetas) y los vendió a sus inversores en 723.551.050,38 € (120.388.765.067 pesetas), lo que es tanto como decir que, sobre una mercancía con un coste de 57.884.084,03 €, ha adquirido compromisos de recompra por valor de 723.551.050,38 €, cifra a la que habrá que sumar lo comprometido en concepto de rentabilidad garantizada —de un 7% a un 10% anual en los años citados—. Parece evidente que este procedimiento de valoración de los sellos CIT, decidido por la propia sociedad, hace extremadamente difícil entender la viabilidad del negocio y afecta directamente a la garantía de los clientes. De otro lado, parte de la mercancía CIT ha sido retirada de la circulación por existir sospechas sobre su idoneidad. En efecto, el apartado quinto del Informe realizado por la Inspección (págs. 27 y 28) pone de manifiesto que, a partir de 1994, AFINSA comienza a negociar los contratos CIT, como modalidad de contrato cuyo objeto eran lotes de sellos de alto valor unitario, raros, antiguos y muy valiosos, de los que, a fin de facilitar su gestión, era preciso utilizar un número limitado de variedades. De ese modo, los sellos reunirían dos cualidades en apariencia antitéticas: valor unitario elevado y homogeneidad. Pese a que los sellos CIT no debían abundar en el mercado, AFINSA vendió más de un millón de ellos. Las variedades de sellos correspondientes a ejemplares valiosos son relativamente bajas, de unos doscientos o trescientos, pero de ellas AFINSA ha vendido miles de ejemplares iguales. La situación se agrava por el hecho de que existe un número de sellos posiblemente falsos o manipulados, suministrados por GUIJARRO LÁZARO a AFINSA. Obra en las diligencias el análisis de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en relación con un sello de Chipre nº 104 del Catálogo Y&T, en el que se concluye que se aprecian diferencias significativas entre los sellos aportados por la Inspección y la muestra. Deberá, por tanto, establecerse si AFINSA se habría aquietado ante esta posible falsedad de los sellos, toda vez que no consta se haya reclamado por los defectos de la mercancía. Este dato, unido a que no se justifica una parte muy significativa de las adquisiciones y que no se conoce con certeza el destino último de los pagos a los proveedores, cuyos importes se retiran en efectivo, puede considerarse indiciario de la existencia de un delito de blanqueo de capitales.
5.- Interesa se cite a la Inspectora Jefe de Equipo del Departamento de Inspección financiera y tributaria de la Oficina Nacional de Inspección, Doña Marí