Concurso ordinario: 208/2006
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID
comparezco, y como mejor proceda en Derecho,
DIGO:
I.- Que con fecha de 13 de septiembre de 2010 me ha sido notificada la providencia dictada por el Juzgado al que tengo el honor de dirigirme en fecha de 28 de junio, por la que se da cuenta de la presentación por la administración concursal del PLAN DE REALIZACION DE BIENES Y DERECHOS integrados en la masa activa del concurso de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A. o PLAN DE LIQUIDACIÓN para se formulen observaciones o propuestas de modificación.
II.- Que, dentro del plazo concedido al efecto, esta representación efectúa las siguientes manifestaciones.
PRIMERA
En la página 12 del Plan se cuantifica la masa activa a 28 de marzo de 2007 en la cifra de 812.636.770,98 €. Cifra que a 31 de diciembre de 2009 ha quedado reducida a 670.453.330,55 €; es decir, que en más de un año y medio la masa activa ha experimentado un descenso de 142.183.440,43 €.
Pues bien, si en un primer momento se podía entender que siguiera funcionando la sociedad concursada y emplear parte de sus recursos en su funcionamiento, en la actualidad no existe justificación alguna para que se siga incurriendo en unos gastos absolutamente innecesarios.
Por esta razón, la primera propuesta que se hace es que se limiten al mínimo, y dentro de lo estrictamente necesario, los gastos de funcionamiento de una sociedad que está en liquidación.
SEGUNDA
En el Balance de situación a 31 de diciembre de 2009, en la partida del ACTIVO CORRIENTE (B) V figuran 112.641.287,70 € como inversiones financieras a corto plazo.
Pues bien, esta representación propone que esta partida deje de ser reinvertida a su vencimiento y que se proceda inmediatamente a su reparto entre los afectados.
TERCERA
Esta representación quiere dejar constancia también de que en el Plan hay cierta falta de concreción en lo relativo al comienzo de las operaciones de liquidación y al plazo previsible de duración de las mismas. El concurso se inició hace más de 4 años y, aunque su larga duración es comprensible por su complejidad, convendría acelerar lo
más posible el trámite de la liquidación, pues su alargamiento aumenta los costes y perjudica claramente a los afectados.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO
Que tenga por presentado este escrito, que se sirva admitirlo, que tenga por hechas las manifestaciones que se contienen en el mismo y que acceda a lo solicitado.
Es justicia que pido en Madrid a 14 de septiembre de 2010.
Fdo. José Manuel Otero Lastres