El tema de la responsabilidad patrimonial es muy fastidiado de demostrar y hay que hilarlo muy fino.
Véase lo que pasó en Gescartera....
http://www.libertaddigital.com:83/php3/noticia.php3?fecha_edi_on=2004-06-11&num_edi_on=1401&cpn=1276223096&seccion=ECO_D
La sentencia desestima el recurso de los demandantes después de considerar que "no se aprecia una inacción en la CNMV o una falta de diligencia y eficacia en la misma que hubiera sido la causa directa y eficaz de los perjuicios causados a los recurrentes".
http://www.elmundo.es/encuentros/invitados/2006/05/2024/
"Siendo la responsabilidad de las comunidades autónomas, ¿ podria darse el caso de que ellas se hicieran responsables en el aspecto económico? y ademas ¿ cual es el grado de responsabilidad del gobierno ya que esta denuncia biene de la agencia tributaria desde hace tiempo? unsaludo y gracias
es importante diferenciar las dos cuestiones que me pregunta: Comunidades autónomas: El mero hecho que las competencias sean de las comunidades autónomas no iimplica que hayan cometido ninguna negligencia Agencia Tributaria: habrá que concer cual era la información de la que disponí y desde cuando la tenía así como las causas de su actuación. En general para que exista una responsabilidad patrimonial de la administración, bien sea estatal o autonómica habrá que probar que existe un nexo de unión entre la pérdida de la inversión y la actuación de las administraciones. El mero hecho de no regular el sector no implica que exista una responsabilidad de la administración. Por ejemplo, yo no puedo pedr la responsabilidad de la administración simplemente porque me aselten en la calle."
Ya se ha repetido hasta la saciedad las "movidas" particulares de Ausbanc con el actual Ministerio de Consumo, que es quien les ha expulsado como asociación de consumidores, y casualmente al único que ausbanc marca como responsable patrimonial. Es decir, si se mezclan en un tema tan complejo de sacar adelante intereses de venganza particulares, mal vamos, más aún cuando Ausbanc te va a pedir asociarte y pagar sus cuotas casi ad infinitum para darte el escrito que te permita realizar la reclamación previa.
Seguro que este tema lo van a mover más eficazmente -y más económicamente- las asociaciones independientes constituidas por los afectados.