Delito blanqueo de capitales
Este delito fue reformado en 1995 y muchos hacen como si no lo supieran o no quisieran saberlo.
Art. 301.1 C.p.: “El que adquiera, convierta o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en un delito grave, o realice cualquier acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos (...)”.Art. 301.2 C.p.: “(...) la ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza,origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o propiedad delos mismos (...)”.
Las transacciones entre Afinsa y sus filiales, sobre todo con Escala son más que susceptibles de ser encuadradas en esta figura jurídica.
Hace 12 años que dejaron de referirse sólo al blanqueo de capitales procedentes de la droga y similares.