Respecto a la via de reclamación mercantil
Como hace unos dias se suscito un hilo por una demanda contra los administradores en un juzgado mercantil diferente del que lleva el caso del concurso, he preguntado y me han aclarado que a parte de las vias penal y contencioso administrativa, en la mercantil hay dos posibilidades, contra la empresa y contra los administradores.
- Vía mercantil - procedimiento civil:
- PROCEDIMIENTO CONCURSAL contra la empresa: se evalua la situación de la empresa y se liquidan todos los bienes, salvo que pueda haber un plan de viabilidad. La única responSable posible es la propia empresa y responde con sus bienes, los de la empresa.
- PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES: responsabilidad de los mismos como consecuencia de no administrar la empresa en base a sus obligaciones, establecidas en las correspondientes leyes:
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, arts. 133-135 y relacionados ( en los ue se establecen las obligaciones de los administradores........... ).
Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada - art. 69, que remite a la Ley de Sociedades Anónimas.
Y en este último pueden responder con los bienes de los administradores.
Lo cual es interesante, puesto que como ya sabemos los bienes de la empresa no llegaran para pagar todas las deudas, pero sospecho, que los bienes de los imputados pueden llegar para cubrir más cosas.