He ido a una oficina a informarme de esta cuenta nómina.
Primero decir que no se enteran de mucho, pero más o menos pude interpretar lo siguiente:
La liquidación de intereses es semestral, vale, y el cálculo de intereses se hace con una media diaria.
Entonces, sumas el saldo que tienes todos los días en la cuenta nómina, y lo divides entre 182 (medio año). De ahí sacas el saldo medio que recibirá el interés del 4,94% (5% TAE) el primer año y 1,99% (2% TAE) el 2º año, con un máximo de 5.000€.
La remuneración Máxima bruta en los dos años será:
1er semestre – 122 bruto, 96,4 neto
2º semestre – 122 bruto, 96,4 neto
3er semestre – 49,5 bruto, 39,1 neto
4º semestre – 49,5 bruto, 39,1 neto
TOTAL BRUTO – 343€
TOTAL NETO – 271€
Para llegar a cobrar el máximo, conviene entonces tener en la cuenta, sobre todo los primeros meses en los que va entrando la nómina, dinero para que compute para la media diaria, que se podrá ir retirando siempre que dejemos 5.000€ en la cuenta como mínimo.
¿La liquidación de intereses del 2º, 3er, y 4º semestre se hace teniendo en cuenta el dinero que ya entró en el 1er semestre, o se vuelve a empezar de cero?
Parece ser que sí, que se tiene en cuenta todo el dinero de la cuenta.
Una de las cláusulas dice que el dinero que se remunera en la cuenta nómina debe ser: Nómina/Pensión/Ingresos profesionales. De modo que si nos quedamos en Paro, y el pagador es el “Estado”, aunque el importe del Paro sea superior a los 1.000€, se perderá todo derecho a cobrar los intereses (No se perderá la condición de cuenta Nómina con tarjetas gratuitas, sin comisiones, etc)
¿Qué ocurre si te quedas en Paro el 7º mes, ya habiendo cobrado los intereses del 1er semestre?
Parece ser que los intereses cobrados no te los quitan.
También sirven las transferencias, cuyo ordenante sea distinto al titular de la cuenta, de modo que si algún mes no recibes nómina por lo que sea, puedes arreglar una transferencia de un 3º (de más de 1.000€) para no perder la posibilidad de remuneración.
¿Qué ocurre si cambias de trabajo y estás, por ejemplo, un mes sin recibir la nómina?
Pierdes el derecho a los intereses, a no ser que realices una transferencia (de más de 1.000€) cuyo ordenante sea distinto al titular de la cuenta.