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¿Efectos retroactivos de la sentencia del redondeo?

2 respuestas
¿Efectos retroactivos de la sentencia del redondeo?
¿Efectos retroactivos de la sentencia del redondeo?
#2

Re: ¿Efectos retroactivos de la sentencia del redondeo?

Estimado Miguel:

Se trata de un caso más de la prioridad que dan algunos medios a la información parcial y sesgada de la entidad financiera condenada sin que se contraste de manera alguna y el más abosluto de los silencios cuando se facilita la información real.

En resumidas cuentas lo que ha vendio a indicar el Auto no es en modo alguno que la Sentencia no tenga efectos retroactivos sino que la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto, de fecha 24 de junio de 2003, en el que declara que “ha de considerarse legitimada para instar la ejecución provisional a la asociación demandante...con la condición subjetiva de previa determinación de cada beneficiario”. Pero esto no significa, como más adelante argumenta el Tribunal, que los pronunciamientos de la sentencia -que declara la nulidad del redondeo por exceso- no puedan ser objeto de ejecución provisional.

Lo unico que ha venido a señalar es que para pedir la devolución del redondeo se debe solicitar la ejecución provisional de la sentencia por cada uno de los afectados no pudiendo solicitarlo AUSBANC directamente ( en bloque y sin identificar a los afectados)

Por tanto, el Tribunal viene a reconocer la posibilidad de ejecución provisional de la sentencia dictada en su día por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 50 de Madrid y posteriormente confirmada por la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Madrid, con el único requisito de que previamente se determine por el Juzgado, a petición del interesado, la condición de beneficiario de la sentencia dictada a instancias de AUSBANC. Ello significa que no es necesario esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo -respecto al recurso de casación interpuesto por Caja Madrid- para solicitar la eliminación de la cláusula del redondeo al alza y la devolución de los importes cobrados por exceso.

Cabe reseñar que AUSBANC, una vez fracasados los intentos de negociación con Caja Madrid para que reintegrara los importes cobrados indebidamente de forma extrajudicial, inició los trámites ante el Juzgado núm. 50 de Madrid para la ejecución provisional de la sentencia en nombre de sus asociados, trámites que deben de traer consigo que, de manera inminente, la entidad condenada sea obligada por los Tribunales a eliminar de sus contratos de préstamo hipotecario la cláusula del redondeo al alza. Estos trámites se están realizando por AUSBANC, en nombre y representación de sus asociados, de forma gratuita.

La resolución judicial dictada por la Audiencia Provincial de Madrid ni declara que no se devolverán las cantidades abonadas por el redondeo, ni que la sentencia no tiene carácter retroactivo, como maliciosamente afirma Caja Madrid en su nota de prensa. En un intento de eludir sus responsabilidades y el mandato de las decisiones judiciales, la entidad de ahorros condenada miente sistemáticamente con la intención de confundir a la opinión pública en general y a sus clientes en particular.

De hecho, el Banco de España, órgano de control y supervisión de las entidades financieras, ha indicado a Caja Madrid que realice una provisión cautelar de 41 millones de euros para atender las reclamaciones de sus clientes por los efectos del redondeo al alza, que afecta, según declaración jurada de la propia caja, a más de 270 mil familias.

#3

Re: ¿Efectos retroactivos de la sentencia del redondeo?

Desde luego el ártículo de prensa que han publicado es desconcertante.

Gracias por la aclaración y un saludo.