Precisamente, ayer hice una consulta por email al BDE. Solicitaba que me aclarasen una duda sobre la cobertura del FGD en las entidades incluidas en un grupo bancario.
Les ponía como ejemplo que yo tuviera en Activobank (grupo banco Sabadell) un depósito de 100.000€. Si yo contratase otro depósito en CAM Sabadell (grupo banco Sabadell), que si el FGD me cubriría la totalidad de ambos depósitos porque no tenía claro si el dinero que se tiene en el conjunto de las entidades que pertenecen a un mismo grupo bancario, respecto de la cobertura del FGD, es independiente entre ellas o es la suma de lo que se tiene entre todas ellas.
Y esto es lo que me han respondido:
Le informamos de que ActivoBank es una marca comercial utilizada por el BANCO DE SABADELL, SA, y por tanto no es una entidad distinta de Banco Sabadell. Este último es un banco inscrito en los registros oficiales de entidades del Banco de España con el número 0081
Por otro lado, la entidad que cita como CAMSabadell está inscrita en nuestros Registro de entidades http://app.bde.es/ren/app/Search?CFG=ConsultaDetalleEntidadCon.xml&TipoFormato=XSL&Paginate=OPEN&CODBE=2090&DONDE=11&RADIO=0&VDETALLE=S, con el número 2090; y su denominación es “BANCO CAM, S.A.” y, aunque pertenece al mismo grupo, a fecha de hoy todavía es una entidad distinta de “BANCO DE SABADELL, S.A.”, si bien, según le señalamos en el párrafo siguiente, la entidad ha anunciado públicamente que va a ser absorbida por Banco de Sabadell .
En relación con lo señalado en el párrafo anterior, le adjuntamos un enlace a las páginas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en las que se hace pública una comunicación del Banco CAM anunciando su próxima fusión con Banco de Sabadell, por lo que a partir de ese momento dejará de existir como tal entidad http://www.cnmv.es/Portal/HR/verDoc.axd?t={cbd8db72-3213-44a7-b172-aaa7000d9a10}
El importe garantizado de los depósitos (cuentas corrientes, de ahorro y a plazo) por parte del fondo de garantía de depósitos en entidades de crédito es de un máximo de 100.000 euros por cada titular con independencia del número y clase de depósitos que tenga en la entidad. Este máximo es también por entidad. Ahora bien, el importe garantizado se establece en cada entidad –con personalidad jurídica propia.
Cualquier información adicional que desee sobre la cobertura de los fondos deberá dirigirla al Fondo de Garantía de Depósitos www.fgd.es
Nota: toda información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas de los usuarios de la página web, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene la finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos ni contiene sugerencia, invitación o recomendación alguna para realizar inversiones, depósitos o contratar servicio bancario alguno.
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