Buenas tardes Andrés,
El artículo 9 de las Condiciones Generales de Contratación de Canal Plus establece las condiciones de finalización del contrato en los siguientes términos:
"A) EL CLIENTE PODRÁ RESOLVER EL CONTRATO discrecionalmente y en cualquier momento mediante comunicación de su voluntad de resolverlo realizada a través de los medios señalados en la cláusula 12 de notificaciones.
En los casos de abono del Servicio por cuotas mensuales por adelantado, la fecha de efectos de la baja será el primer día del mes siguiente a la recepción de comunicación de la misma.
En los casos en que Usted se haya beneficiado de una promoción condicionada a una permanencia determinada y/o CANAL+ hubiera asumido la totalidad o parte de la cuota de alta y/o coste de instalación u otros descuentos promocionales en respuesta a contar con su confianza como cliente al menos durante 12, 18 meses o el periodo de permanencia especificado en sus Condiciones Particulares, de solicitar resolver el contrato con anterioridad al periodo de permanencia pactado, deberá abonar los conceptos que le hayan sido subvencionados."
Por tanto, revisa el contrato y si te ofrecieron una promoción condicionada a cierta permanencia deberás abonarlo.
Por otro lado, independientemente del nombre al que hayas recibido la carta, ¿el apellido de tu mujer está correcto en el contrato? Podrás alegar defecto de forma si está redactado de forma incorrecta el contrato.
Saludos.