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Re: Ibercaja - no os fieis
Si tienes un tipo de condiciones pactadas y firmadas con el banco, la entidad puede modificar las condiciones siempre y cuando el cliente pueda elegir si acepta las nuevas condiciones o se marcha a otra entidad.
Estamos hablando de un cambio contractual y debe ser aceptado por ambas partes. Si el acuerdo sobre las condiciones se realiza de palabra, como se suele decir "las palabras se las lleva el viento", podrá hacer lo que le de la gana la entidad.
Un saludo.