La cuenta corriente existe desde antes de que existan los bancos. Una clase de cuentas corrientes mercantiles son las CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS.
Pero ni siquiera todas las cuentas que se firman en un Banco son CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS. Las cuentas que se abren para operar en Bolsa, normalmente en una Sociedad de Bolsa propiedad de un Banco, no son cuentas bancarias aunque se firmen en un Banco y con un empleado del Banco.
Las causas consagradas de terminación del contrato de cuenta corriente mercantil son las siguientes:
A) Muerte del Titular.
B) Quiebra o concurso de la empresa.
C) Por decisión unilateral del Banco. Por ejemplo, hace poco interpuse una denuncia penal contra un Banco. Tras llegar a un acuerdo extrajudicial por el que me pagaron una indemnización, me comunicaron que cerrara la cuenta en el plazo de dos meses. Esto es normal, los Bancos, como las compañías de seguros, cuando hay un siniestro pagan, pero no renuevan la póliza.
D) Por decisión unilateral del cuentacorrentista. Aquí hay que distinguir entre cuentas que no tienen gastos y cuentas que tienen gastos.
Si la cuenta no tiene gastos no veo que sentido tiene cerrarla. Si el motivo fuera que el Banco no tenga tus datos personales, recordad que el Banco tiene la obligación de conservar todos tus datos hasta 15 años después de cerrar una cuenta.
Si tiene gastos ya es otra cosa. Yo siempre me refiero a esta clase de cuentas que el Banco, de un modo abusivo, no te deja cerrarla para seguir cobrando.
Si la cuenta lleva más de un año inactiva y solo cobra comisiones de mantenimiento no te pueden obligar a pagarlas. Antes había muchos abusos de este tipo, creo que cada vez hay menos.
Y otra cosa son las cuentas en las que estás pagando un crédito. Habrá que ver lo que dice el contrato de préstamo, pero no creo que se pueda cerrar una cuenta de estas, tanto si estás al corriente de los pagos como si no.