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Aval bancario

6 respuestas
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#1

Aval bancario

En el año 2007 hice un contrato de compra-venta con un promotor para la adquisición de una vivienda. Le entregué importantes cantidades a cuenta, las cuales están avaladas por Entidad Bancaria. Como quiera que la fecha de puesta a disposición de la vivienda ya ha pasado, he requerido al promotor para la devolución de dichas cantidades (caso omiso), y a continuación he requerido a la Entidad Bancaria para ejecutar el aval. Me han dicho que me contestaría su Asesoria Jurídica. ¿Podrán ponerme algún problema? Cuando una Entidad entrega avales por la cantidades entregadas a cuenta ¿Analizan dicha operación?, ¿El promotor les tiene que entregar el contrato de compra-venta firmado con el comprador?. Gracias

#2

Re: Aval bancario

Dales unos días de cortesía y si no te responden adecuadamente. Busca un abogado y que se dirija a ellos. Ya verás.

#3

Re: Aval bancario

Yo me iria a un abogado para ya mismo, no sea que no tengas un problema de plazos de demanda, ¿que vencimiento tiene el aval?, ¿hay un plazo máximo para pedir el reembolso?, ¿estas dentro de plazo o fuera de él? y en cualquier caso ¿tienes constancia de recepción de tu reclamación?, ¿lo pediste por escrito y te "agenciaste" un sello de recibo de la carta? ....... dejarse de palabras, en este caso mi recomendación es "todo, abosolutamente todo", por escrito, porque si el banco o caja, estan o creen que estaran "pillados" en la promoción, y no sé si es el caso, pondrán como es lógico, todas las pegas posibles, yo lo haría, ¿que gana el banco o caja pagando?, ¿estar más "pillado", si éste fuere el caso? .....uno siempre está a tiempo de pagar, por tanto cuanto más tarde mejor, es humano ¿no?.

¿Por cierto, el aval es a primer requerimiento, o tiene ciertos condicionantes?.

Esta pregunta es para un jurista, yo no lo soy, pero la última es extremadamente importante, y su respuesta vale para responder a lo que indicas de "¿El promotor les tiene que entregar el contrato de compra-venta firmado con el comprador?"

#4

Re: Aval bancario

"El aval se entenderá irrevocable y únicamente quedará sin efecto una vez otorgada la calificación definitiva..." (la obra está sin empezar). He entregado copia del aval, así como requerimiento al promotor en la Entidad Bancaria y me han sellado una copia. No es a primer requirimiento.

#5

Re: Aval bancario

El vencimiento del aval...mira todas las fechas.
Saludos.

#6

Re: Aval bancario

Pues en este caso lamento no poder ayudarte, no soy tan avezado en estos temas, conozco algo sobre avales a primer requerimiento, en cualquier caso esto es un tema complejo, lo que te decia, si puedes a un abogado, ah.... bien por la comunicación por escrito, es importante en estos casos, tu lo has considerado, pero las personas somos mas confiadas y a menudo aceptamos las palabras y en casos como el presente son temas extremadamente delicados.

#7

Re: Aval bancario

No tiene fecha. "...,así como los intereses legales desde la fecha de entrega hasta la de devolución en el supuesto de que dichas viviendas no obtengan en la Calificación Definitiva, la Cédula de Habitabilidad o que no se terminen dentro del plazo establecido en la calificación Provisional, en la Licencia Municipal de Obras o en la prórroga reglamentariamente concedida." La licencia Municipal fue concedida el 22/01/2007 por 30 meses. El contrato compra-venta fijaba la entrega de las viviendas 31/03/2009.