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¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

21 respuestas
¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?
¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?
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#17

Re: Me podrian cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ??

Me parece perfecta tu postura.
EL caso es que no veas los pitotes que me han montado a mi por que "les HE devuelto un recibo" al menos hasta que tiro un extracto y se vé que no había dinero para atenderlo.

Saludos

#18

Re: ¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

Normalmente sí. Pero te diré que conozco 2 entidades que dicen que si se devuelve por orden del cliente la fecha valor de devolución es la del día que se ordena, según su normativa interna.

curioso, verdad?

Eso sí, al emisor del recibo le llega la devolución con la fecha valor en que envió el recibo.

#19

Re: ¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

Muy curioso pero supongo que bordea la legalidad...por el lado malo, claro.

Además suponía (mal) que esto estaba regido por una normativa común pero veo que no escarmiento en mi ingenuidad.

Saludos

#20

Re: ¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

Cajero esto no es minguna novedad lo del valor, nosotros libramos unos 900-1000 recibos al mes en norma 19 y otros tantos en norma 58 al cobro, y los de la 19 nos los abonan al dia siguiente de la transmisión por internet, pero el cargo de los impagados siempre con valor la fecha de abono, transimisión + 1 dia habial, vengan pasado mañana, o dentro de 15 días.

#21

Re: ¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

Al devolverlo se abona el importe con el mismo valor del cargo, por esto no origina intereses deudores, pero si es muy probable que te cobren la comisión por sdo. deudor, antes era del 2% sobre el mayor sdo. deudor. No deben cobrate la reclamación por posición deudora. Vigila la liquidación de la cuenta y reclama.

#22

Re: ¿Cobrar por descubierto por culpa de un recibo que luego devolviese ?

eso es perfectamente legal siempre y cuando sea un banco español de los que paga los carteles de publicidad en las farolas de candidatos politicos en España, si el banco no pagase los citados carteles ni diese dinero a algun gran partido politico en ninguna forma en diferido (nueva tecnica para legalizar dinero robado, solo para ciertas personas), ahi ya no tiene la legalidad de su parte. En este caso si eres un ciudadano con derechos.
Sin embargo en el primer supuesto aunque reclames en el tribunal que lo hagas, incluso en el de bruselas, la Haya o te vayas a la ONU de acampada, llevas todas las de perder e incluso trataran de seguir sumandote gastos a tu reclamacion, hasta dejarte en la indigencia.
Si alguien no entiende todos estos conceptos bancarios altamente complejos estoy dispuesto a aclararselos con palabras más sencillas aún.