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Cobrar transferencia.

14 respuestas
Cobrar transferencia.
Cobrar transferencia.
#1

Cobrar transferencia.

Hola, amigos foreros. Tengo una duda que me asalta... Voy a vender un articulo y la persona interesada pretende pagarme por transferencia. La haría el mismo día antes de venir a por el artículo. La duda que tengo es si me hace la transferencia una vez el dinero yo lo veo en mi cuenta, entrego el artículo y esa persona en ese momento que vuelve a su casa, puede anular la transferencia??

¿O cuando el dinero está en mi cuenta ya no pueden "quitármelo"?

El plan que me propone es hacerme una transferencia y yo cuando la tenga entregarle el artículo y el se vuelve a su ciudad. Lo que me pone mosca es que me dice que me hace la transferencia por la mañana a primera hora y viene a por el artículo.

#2

Re: Cobrar transferencia.

No sé cuánto dinero será, pero si te lo paga por transferencia y tú se lo das en mano, te tendrá que firmar un recibo como que se lo has dado
Pero la forma de proceder no es muy normal

#3

Re: Cobrar transferencia.

En cuanto tengas el dinero en tu cuenta el ya mo puede anular nada.
Así que tranquilo

#4

Re: Cobrar transferencia.

Una transferencia no se puede retroceder, así que, por esa parte, estáte tranquilo.

Las transferencias suelen tardar 1 día hábil en llegar a la cuenta de destino, excepto si se trata de cuentas de la misma entidad, que son instantáneas. Algunos bancos, como ING, tienen transferencias que llegan el mismo día, pero la hora puede variar. Si el comprador quiere recoger el artículo el mismo día en que emite la transferencia, se arriesga a que tú no la hayas recibido aún.

Un saludo.

#5

Re: Cobrar transferencia.

Hasta q no veas el dinero en tu cuenta ni se te ocurra darle el articulo. Puede anular la transferencia esa misma mañana.
Saludos.

#6

Re: Cobrar transferencia.

Muy pocos bancos he visto yo que permitan anular transferencias, creo que solo he visto esa posibilidad en caixabank.

 

Recuerdo que el sabadell tambien tenia esa opcion pero a 30 euros de comision.

 

De todas formas como bien dices hasta que no vea el dinero en la cuenta no debe entregar el articulo.

 

#7

Re: Cobrar transferencia.

Lo que es recomendable es un papel con la venta y confirmar a quien se lo entregas

No vaya a ser que el dinero tenga procedencia dudosa

#8

Re: Cobrar transferencia.

¡Saberlo vecinos!

En el mismo dia se puede retroceder cualquier operacion bancaria,pero sólo en el mismo dia

#9

Re: Cobrar transferencia.

Cualquier operación bancaria no

#10

Re: Cobrar transferencia.

las transferencias inmediatas no se pueden anular/retroceder.

#11

Re: Cobrar transferencia.

No sé si se podrá con las inmediatas o no, pero si no es posible hoy en día quizá lo sea próximamente (si no he entendido mal la última versión, 1.2). Otra cosa será que se necesite el consentimiento del beneficiario, cosa que sería normal en transferencias, no?

Y sobre el tema en cuestión, mejor andarse con mil ojos... que alguien ya advirtió algunos puntos oscuros...

#12

Re: Cobrar transferencia.

No se podrá retroceder. Con la ley de blanqueo de capitales, los pagos de más de 2.500€ no pueden hacerse en efectivo sino por un medio que deje rastro, como tarjeta o transferencia. Imagínate que pagas la compra de un coche por transferencia y el comprador puede unilateralmente retroceder la transferencia. Sería un caos.

Lo que sí se puede retroceder son los recibos domiciliados. Esto crea confusión y mucha gente piensa erróneamente que puede retroceder pagos en los que intervenga un banco: tarjetas, transferencias, etc. Y no es así.

Saludos.

#13

Re: Cobrar transferencia.

Imagina que una persona pone a la venta un supuesto iPhone X (de 1000 euros) por 500. Un chollazo. Le sale rápido un comprador A.

Mientras tanto busca para comprar un artículo de 500 euros. Lo encuentra de un vendedor B. Le pide la cuenta a B diciéndole que le va a ingresar el dinero y recogerlo en persona. La persona le da el número de cuenta de B al comprador A para que le ingrese el dinero por el supuesto iPhone X. B recibe los 500 euros (realmente no de la persona, sino de A), solo se preocupa de que no le puedan retroceder la transferencia, y le da el artículo en mano a la persona en cuestión.

Al no recibe más noticias del vendedor de su iPhone, A denuncia el timo a la polícia. Tiene los datos bancarios donde ha ingresado el dinero. Se celebra juicio y B tiene que devolver el dinero a A. B se queda sin dinero y sin artículo.

 

Historia real. Tú puedes ser B.

#14

Re: Cobrar transferencia.

El vendedor B antes de entregar el artículo en mano a una persona (a la que no conoce y no ha visto nunca), debería pedirle que le enseñe en DNI ó algún documento para comprobar que esa persona a la entrega el artículo es la misma que le ha hecho la transferencia, así se evitaría que le puedan timar. 

#15

Re: Cobrar transferencia.

Una orden de transferencia dada -y no ejecutada aún- se puede cancelar; en los casos de traspaso o con las inmediatas no, porque se ejecutan al instante.

Una vez ejecutada en firme, por lo general, no se puede retroceder unilateralmente; se necesita el consentimiento del beneficiario. Eso sí, si no lo entendí mal, se pueden dar casos excepcionales (duplicación, fallo técnico, operación fraudulenta...).

https://www.bbva.es/general/finanzas-vistazo/cuentas/se-puede-anular-una-transferencia-bancaria

Pero bueno, yo aquí respondía al #10 del compañero sobre retrocesión de transferencias inmediatas -según entendí el procedimiento Request for Recall by the Originator (RRO)- y he hablado de hacerlo con el consentimiento del beneficiario.

Es lo que interpreto de la introducción del RRO en SCT: https://www.europeanpaymentscouncil.eu/document-library/implementation-guidelines/sepa-credit-transfer-scheme-interbank-implementation-0

Y, concretamente, de la introducción del RRO en SCT Inst: https://www.europeanpaymentscouncil.eu/document-library/implementation-guidelines/sepa-instant-credit-transfer-scheme-interbank-1

El tema tarjetas sería para otro hilo, pero existen también procedimientos de retrocesión para ciertos casos (como siempre, bien justificados, claro, nunca por capricho)...

Saludos

PD: al tema del hilo, importante identificar al comprador en persona y tener presente el ordenante de la transferencia; ya han avisado aquí varios del peligro ;)