Hola. Lo realmente necesario es pagar el Impuesto de Sucesiones de la Comunidad Autónoma del fallecido.
A partir de ahí, la documentación que exigirá el banco es:
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones
- Certificado de Defunción
- Certificado de Últimas Voluntades + Testamento, si lo hubiere
- Quizás, Libro de Familia y algunas evidencias adicionales (si hay herederos no hijos).
- Carta firmada por todos lo herederos con las instrucciones del reparto de los activos en el banco. Será qué parte corresponde a cada heredero y la cuenta a la que transferir cada saldo. En este punto cada entidad tiene un proceder. En general, el escrito debe recoger el acuerdo de todas las partes para realizar el reparto correspondiente. Si la cuenta ha experimentado movimientos relevantes (por ejemplo, porque hay un cotitular) se debe exponer que los herederos son conocedores de esta circunstancia.