#1
Comision por Reclamación de Posición Deudora , (Deutche Bank)
Tengo una Visa del DB, la cual he pagado religiosamente, pero por un descuido de este mes, no tenía saldo y se quedó una pequeña cantidad sin cobrar por no haber saldo y se quedó en impagado.
Al día siguiente me doy cuenta y ordeno una transferencia la cual se hace efectiva al día siguiente y queda regularizado todo, han sido 2 días de Impagado.
En el recibo de regularización se cobra además de los intereses de la parte impagada por esos dos días, (lógico), una comisión de 35 € por Comisión de Reclamación de Posición Deudora. Pero sin haberme reclamado nada....
He reclamado esa comisión a mi oficina y me han dado la hoja de reclamaciones del SAC, aún explicándole que hay sentencia del Tribunal Supremo declarando como abusiva esta comisión y que además deben cumplir dos requisitos. Sentencia 566/2019 de 25 de octubre de 2019
1º) Que retribuyan un servicio real prestado al cliente, en mi caso no se cumple.
2º) Que los gastos del servicio se hayan realizado efectivamente, tampoco es el caso.
Por otro lado, en la normativa bancaria, según el Banco de España, la comisión por reclamación de posiciones deudoras compensa a la entidad por las gestiones efectivas realizadas para recuperar la deuda impagada por su cliente; esta debe estar recogida en el contrato; y para que sea acorde con las buenas prácticas bancarias debe reunir los siguientes requisitos mínimos:
(i) el devengo de la comisión está vinculado a la existencia de gestiones efectivas de reclamación realizadas ante el cliente deudor;
(ii) la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin, ni siquiera cuando, en el caso de impago en el tiempo, este se prolonga en sucesivas liquidaciones;
(iii) su cuantía debe de ser única, no admitiéndose tarifas porcentuales;
(iv) no puede aplicarse de manera automática.
Al menos dos de los cuatro requisitos no se cumplen, no hay gestión efectiva de reclamación por haber sido yo anticipando la regularización, y habiéndose aplicado de forma automática la comisión.
De verdad es la banca está con la escopeta cargada esperando el error de sus clientes? Ese es su negocio?, Vaya panda. Espero que el SAC sea un poco más sensato y vea claramente que es abusivo, aún teniendolos ellos en su hoja de tarifas...
Si me dan negativa a mi petición, cual es el siguiente paso, reclamación al Banco de España?
Veo que el DB está acogido a un sistema de arbritraje de consumo
Al día siguiente me doy cuenta y ordeno una transferencia la cual se hace efectiva al día siguiente y queda regularizado todo, han sido 2 días de Impagado.
En el recibo de regularización se cobra además de los intereses de la parte impagada por esos dos días, (lógico), una comisión de 35 € por Comisión de Reclamación de Posición Deudora. Pero sin haberme reclamado nada....
He reclamado esa comisión a mi oficina y me han dado la hoja de reclamaciones del SAC, aún explicándole que hay sentencia del Tribunal Supremo declarando como abusiva esta comisión y que además deben cumplir dos requisitos. Sentencia 566/2019 de 25 de octubre de 2019
1º) Que retribuyan un servicio real prestado al cliente, en mi caso no se cumple.
2º) Que los gastos del servicio se hayan realizado efectivamente, tampoco es el caso.
Por otro lado, en la normativa bancaria, según el Banco de España, la comisión por reclamación de posiciones deudoras compensa a la entidad por las gestiones efectivas realizadas para recuperar la deuda impagada por su cliente; esta debe estar recogida en el contrato; y para que sea acorde con las buenas prácticas bancarias debe reunir los siguientes requisitos mínimos:
(i) el devengo de la comisión está vinculado a la existencia de gestiones efectivas de reclamación realizadas ante el cliente deudor;
(ii) la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin, ni siquiera cuando, en el caso de impago en el tiempo, este se prolonga en sucesivas liquidaciones;
(iii) su cuantía debe de ser única, no admitiéndose tarifas porcentuales;
(iv) no puede aplicarse de manera automática.
Al menos dos de los cuatro requisitos no se cumplen, no hay gestión efectiva de reclamación por haber sido yo anticipando la regularización, y habiéndose aplicado de forma automática la comisión.
De verdad es la banca está con la escopeta cargada esperando el error de sus clientes? Ese es su negocio?, Vaya panda. Espero que el SAC sea un poco más sensato y vea claramente que es abusivo, aún teniendolos ellos en su hoja de tarifas...
Si me dan negativa a mi petición, cual es el siguiente paso, reclamación al Banco de España?
Veo que el DB está acogido a un sistema de arbritraje de consumo