#1
Aval por alquiler de piso.
Buenas noches, hace cuatro años firmé un aval por alquiler ( febrero de 2017), fue un terrible error que lamentablemente cometí por amor jeje.
El tema es que todo acabó, y el año pasado 3 años de contrato obligados le hablo (y también le envió un burofax) al Arrendador para decirle que no voy a dar conformidad para la tácita reconducción del contrato como avalista, a lo que me contesta que el no tenía idea de renovarle , que le debe 1600euros de suministros ( el alquiler le paga ). A la semana me habla y me dice que al final no va a echarle porque le ha dicho que no se va a ir... y como no quiere gastarse el dinero para incoar un procedimiento por impago de suministros y generar un lanzamiento que ahí se queda. Este septiembre le he hablado otra vez y me dice que sigue pagando pero la deuda de 1600 no la ha pagado. Este febrero de 2021 acaba la vigencia del contrato de alquiler y por tanto extinción de mi aval ... discutible si sería extinguido el año pasado... hay jurisprudencia de diferentes CCAA que la tácita reconducción implica la finalización del aval ( si no hay conformidad del avalista)... bueno el tema es que me surgen dudas... ( por cierto le he preguntado al arrendador que idea tiene de hacer y ni me contesta ya).
Las cuestiones son las siguientes:
Si esta persona no se va del piso, por ejemplo, hasta verano... por lo que el aval de febrero a verano, está extinguido... pero a su salida deja desperfectos ? ¿ Cómo podría demostrar que esos desperfectos han sido producidos después de que finalizara mi responsabilidad?
y la última cuestión...
Mi aval, es un aval solidario, esta persona no paga esa cantidad porque no quiere... porque se ha comprado coche y moto ( si pagas los datos de las propiedades de las personas son públicos) ... entonces, vosotros veis buena opción en reclamarle el dinero vía judicial por 1600euros?, me saldrá mas caro en abogados y demás?
Gracias
El tema es que todo acabó, y el año pasado 3 años de contrato obligados le hablo (y también le envió un burofax) al Arrendador para decirle que no voy a dar conformidad para la tácita reconducción del contrato como avalista, a lo que me contesta que el no tenía idea de renovarle , que le debe 1600euros de suministros ( el alquiler le paga ). A la semana me habla y me dice que al final no va a echarle porque le ha dicho que no se va a ir... y como no quiere gastarse el dinero para incoar un procedimiento por impago de suministros y generar un lanzamiento que ahí se queda. Este septiembre le he hablado otra vez y me dice que sigue pagando pero la deuda de 1600 no la ha pagado. Este febrero de 2021 acaba la vigencia del contrato de alquiler y por tanto extinción de mi aval ... discutible si sería extinguido el año pasado... hay jurisprudencia de diferentes CCAA que la tácita reconducción implica la finalización del aval ( si no hay conformidad del avalista)... bueno el tema es que me surgen dudas... ( por cierto le he preguntado al arrendador que idea tiene de hacer y ni me contesta ya).
Las cuestiones son las siguientes:
Si esta persona no se va del piso, por ejemplo, hasta verano... por lo que el aval de febrero a verano, está extinguido... pero a su salida deja desperfectos ? ¿ Cómo podría demostrar que esos desperfectos han sido producidos después de que finalizara mi responsabilidad?
y la última cuestión...
Mi aval, es un aval solidario, esta persona no paga esa cantidad porque no quiere... porque se ha comprado coche y moto ( si pagas los datos de las propiedades de las personas son públicos) ... entonces, vosotros veis buena opción en reclamarle el dinero vía judicial por 1600euros?, me saldrá mas caro en abogados y demás?
Gracias