Para identificar los chiringuitos financieros
No confiar los ahorros a cualquier entidad o intermediario sin haber comprobado antes si cuenta con la oportuna autorización para operar en nuestro país, me gustaría que me indicaran donde puedo dirigirme para realizar tal comprobación”.
El Banco de España, la CNMV, la DGSFP
En España, para que un intermediario o sociedad pueda ofertar y prestar servicios de inversión para el público, ha de estar debidamente autorizado y registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el Banco de España o en la Dirección General de Seguros (DGSFP). Por lo tanto, todo inversor ha de saber que si pone sus ahorros en manos de un intermediario no autorizado, no contará con ningún tipo de protección institucional.
En cuanto a aquellas sociedades e intermediarios de los otros países de la Unión Europea deben estar debidamente registrados y autorizados por los organismos equivalentes a los ya mencionados en sus respectivos países. Sin embargo, antes de poder ofertar y prestar servicios de inversión de cara al público en nuestro país, han de informar de ello a los organismos de control y supervisión españoles.
Aquellos otros intermediarios extranjeros de países que no formen parte de la Unión Europea, para poder prestar servicios de inversión en un Estado miembro, deberán contar con una sucursal en cualquiera de los países de la UE, además de estar debidamente registrados y autorizados. Si este país es España, la CNMV es el organismo que ejercerá el control. Si es otro país de la UE, la CNMV o el organismo supervisor correspondiente debe de estar informado sobre las actividades de la sociedad en España.
A continuación pongo algunas direcciones que serán muy útiles a la hora de comprobar si una entidad, sociedad o intermediario está debidamente registrado y autorizado para poder operar o bien ofrecer y prestar servicios de inversión en nuestro país:
- El Banco de España (c/ Alcalá, 48 28014 Madrid) publica datos identificativos de todas las entidades sometidas a su supervisión y control, así como de las entidades extranjeras operantes en España mediante sucursal (establecimiento permanente) o en libre prestación de servicios. Esos datos son públicos y pueden consultarse en sus registros oficiales, bien llamando al tfno. 91 338 51 49, bien enviando un correo electrónico a [email protected], o bien en su página web (www.bde.es) dentro del apartado Servicios/Registros de entidades. Consultas.
- La CNMV también pone a disposición de los inversores particulares sus registros oficiales. Si desea realizar alguna consulta, bien puede dirigirse a la Oficina de Atención al Inversor (c/ Miguel Ángel, 11; 28010 Madrid, tfno.: 902 149 200) o bien acceder a su página web (www.cnmv.es) en la que, dentro del apartado Consultas/Búsqueda por entidades, se le ofrece la posibilidad tanto de consultar aquellas entidades que están autorizadas como aquellas otras que han sido objeto de advertencia por parte del organismo supervisor.
- La DGSFP por su parte también ofrece información sobre las entidades aseguradoras autorizadas para operar en España, con información de los ramos en los actúan; planes de pensiones, fondos de pensiones y sus entidades gestoras, así como las entidades depositarias autorizadas para operar en España; y sobre aquellas otras que operan en el mercado pero sin haber obtenido la debida autorización. Sus consultas las puede realizar bien por escrito (Paseo de la Castellana, nº 44, 28046 Madrid), bien por teléfono (91 3397024) o bien a través de su página web www.dgsfp.meh.es en el apartado Información sobre el sector/Registros Públicos.
Tenerlo en cuenta.
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