#16
Re: EVO y cancelación datos personales
Por si puede ayudar a alguien, o ya por curiosidad de todos: he realizado consulta a la AEPD y he cursado reclamación vía BdE.
De momento tengo respuesta de la AEPD, que resumiendo mucho, me comentan:
"Debe tener en consideración que la concesión del derecho a la supresión de los datos no implica la inmediata destrucción de estos, sino su bloqueo."
"Por tanto, es posible que los datos asociados a su pasada actividad con la entidad bancaria se
encuentren todavía en la situación de “bloqueados”."
"No obstante, en el caso expuesto estaríamos ante un nuevo tratamiento de datos cuya base de legitimación sería la ejecución de un nuevo contrato entre las partes, no existiendo a priori
impedimento alguno en la normativa de protección de datos a que se pueda establecer una nueva relación contractual, siempre y cuando se cumplan los requisitos legítimos de la entidad bancaria para aceptar clientes como pueda ser que estos no estén inmersos en una situación de insolvencia patrimonial."
Y me instan a cursar reclamación al BdE, y a través del Delegado de Protección de Datos (DPD) de la propia entidad.
De momento tengo respuesta de la AEPD, que resumiendo mucho, me comentan:
"Debe tener en consideración que la concesión del derecho a la supresión de los datos no implica la inmediata destrucción de estos, sino su bloqueo."
"Por tanto, es posible que los datos asociados a su pasada actividad con la entidad bancaria se
encuentren todavía en la situación de “bloqueados”."
"No obstante, en el caso expuesto estaríamos ante un nuevo tratamiento de datos cuya base de legitimación sería la ejecución de un nuevo contrato entre las partes, no existiendo a priori
impedimento alguno en la normativa de protección de datos a que se pueda establecer una nueva relación contractual, siempre y cuando se cumplan los requisitos legítimos de la entidad bancaria para aceptar clientes como pueda ser que estos no estén inmersos en una situación de insolvencia patrimonial."
Y me instan a cursar reclamación al BdE, y a través del Delegado de Protección de Datos (DPD) de la propia entidad.