Las Cajas de Ahorro no deberían cobrar comisiones. Artículo 29 de 1933....
Buenas,
He recibido un correo que dice que las cajas de ahorro no deberían cobrarnos comisiones, ¿Es eso verdad?
Caja de Ahorros.........
A la Atención del Sr Director.
Sucursal número............
Dirección...............
Muy Sr Nuestro:
Soy titular de la Libreta de Ahorros número.... abierta en dicha entidad desde ........(fecha)
De forma periódica, cada........(mes, trimestre, etc) esta Caja de Ahorros viene cargándome en dicha libreta la cantidad de ... .....pesetas en concepto de comisión de mantenimiento y/o administración por........ pesetas.
El artículo 29 del Estatuto General de la Cajas de Ahorro Populares de 1933 establece expresamente que la administración de los ahorros será absolutamente gratuita. Lo que significa que la Caja de Ahorros a la que me dirijo no puede cobrar en mi libreta de ahorro ni comisión de administración ni tampoco comisión de mantenimiento, puesto que tanto una como otra, pese a girar bajo denominaciones distintas, responden al mismo servicio, que no es otra que la de administrar el ahorro (lo que en todo caso ha de ser gratuito).
En virtud de lo anteriormente expuesto, e invocando la normativa y jurisprudencia (Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Palma de Mallorca, de fecha 10 de marzo de 1997) que resulta aplicable a esta pretensión, les requiero para que en un plazo no superior a cinco días me retraigan todos los cargos realizados en mi libreta, arriba referenciada, desde la apertura de la misma hasta la fecha de hoy, en concepto de comisión de administración y/o comisión de mantenimiento.
Atentamente,
Fdo.............