NO, no soy ningun experto en fiscalidad, (que mas quisiera yo) seguro que por Rankia hay mas de uno.
En Bizkaia:
Los primeros 1500 euros, si siguen exentos en el ejercicio 2015.
Dividendos
Los rendimientos generados tributan según los siguientes tramos:
Hasta 2.500,00 €, al 20%
Desde 2.500,01 hasta 10.000,00 €, al 21%
Desde 10.000,01 hasta 15.000,00 €, al 22%
Desde 15.000,01 hasta 30.000,00 €, al 23%
Desde 30.000,01 €, al 25%
Los rendimientos están sujetos a retención del 19,50%.
No son deducibles los gastos de administración y depósito.
Los primeros 1.500 euros se consideran exentos.
Ampliaciones de capital
El derecho de suscripción generado no implica tributación.
La venta de los derechos de suscripción se considerará como ganancia patrimonial y será compensable con el resto de disminuciones patrimoniales del ejercicio o, en su caso, con los de años anteriores.
Devolución de capital o de prima de emisión
No están sujetas a retención.
No generan rendimiento.
Se minorará el precio de compra de cada acción por el equivalente al importe de la devolución. En consecuencia, cuando se transmitan dichas partidas se originará una mayor plusvalía fiscal.
Espero que te sirva, saludos.