--- TEMA FISCAL ----
Yo sigo con mi cantinela ... tras leer aqui y alla, que no significa forzosamente entenderlo todo bien, estas son las conclusiones que he sacado. A quien le interese, estare encantado de que me corrija si procede.
NORMA ANTIAPLICACION
La regla de los dos meses es para evitar aplicar minusvalías sobre ventas que al poco recompras y realmente no ha habido ni minusvalía ni nada porque no ha habido perdida real de patrimonio al haber recomprado. Pero claro, como hay que ponerle siempre puertas al campo, esa distincion en la recompra se ha establecido dentro de un marco temporal de 2 meses.
Entonces, sobre ACCIONES:
- Uno NO se puede aplicar una minusvalia de la venta de 10 acciones si has recomprado en un plazo menor de 2 meses esas 10 acciones y a cierre de ejercicio fiscal las mantienes compradas.
- Uno SI se puede aplicar una minusvalia de la venta de 10 acciones si has recomprado en un plazo menor de 2 meses esas 10 acciones mientras al cierre del ejercicio fiscal las hayas vendido.
-Uno SI se puede aplicar una minusvalia de la venta de 10 acciones si has recomprado en un plazo superior a 2 meses esas 10 acciones, las mantengas compradas o no al cierre del ejercicio fiscal.
- En el caso de recompra parcial , por ejemplo, recomprar solo 4 acciones antes del plazo de los 2 meses y si se mantuvieran compradas al cierre del ejercicio fiscal, uno SOLO podría aplicarse la minusvalia de las otras 6 acciones vendidas con perdidas que no han sido recompradas.
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Operaciones a menos de 1 año y operaciones a mas de 1 año:
- No se pueden compensar entre ellas.
SOBRE CFDs:
Norma antipliacion no es aplicable aquí, ni tampoco en warratns ni futuros.
COMPENSAR CFDs y ACCIONES
SI se puede compensar entre ACCIONES y CFDs del mismo marco temporal.
Ejemplo #1:
Acciones a menos de 1 año: +5.000€
Acciones a mas de 1 año: +10.000€
CFDs a menos de 1 año : -4.000€
CFDs a mas de 1 año: 0 €
A tributar?
- Sobre los +10.000€ de mas de 1 año y los +1.000€ de menos de 1 año
Ejemplo #2:
Acciones a menos de 1 año: +5.000€
Acciones a mas de 1 año: +10.000€
CFDs a menos de 1 año : -30.000€
CFDs a mas de 1 año: 0 €
A tributar?
- Sobre los +10.000€ de mas de 1 año y 0€ sobre los de menos de 1 año. Los -25.000€ pueden ser compensados con los rendimientos del trabajo del propio año hasta en un 10%. El importente restante, pueden ser compensados durante los proximos 4 años sobre plusvalias de operaciones a menos de 1 año.
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Como alguno me diga que esta mal y que lo he entendido todo al reves me voy a chinar mucho, eh? Decidmelo con cariño ;))))