No es tan dificil.....pero yo estoy descartado como persona física, piden "honorabilidad" y no cumplo...
"""Cualquier persona física o jurídica que preste servicios de asesoramiento en materia de inversión de instrumentos financieros puede constituirse como EAFI.
Los requisitos a reunir para contituíse como tal son los siguientes:
Persona Jurídica
Cuente con un objeto social exclusivo.
Que los administradores y directivos cuenten con honorabilidad.
Que los administradores y directivos cuenten con conocimientos y experiencias adecuadas a funciones de asesoramiento en materia de inversión, gestión de patrimonios, análisis y/o otros conocimientos relacionados con el mercado de valores.
No debe existir ninguna actividad de intermediación de financiación y crédito.
No puede haber ningún contrato de agencia financiara o agente financiero.
Requisitos persona física
Que la persona física sea honorable.
Que la persona física cuente con conocimientos y experiencias adecuadas a funciones de asesoramiento en materia de inversión, gestión de patrimonios, análisis y/o otros conocimientos relacionados con el mercado de valores.
No puede ser agente financiero ni tener vinculación alguna con empresas que tengan contratos de agencia financiera.
Para mayor información, detallamos a continuación el marcolegal por el cual una persona física o jurídica puede constituirse como EAFI:
Ley 47 / 2007 de 19de diciembre por la que se modifica la Ley 24 / 1988 de 28 de julio del mercado de valores que traspone a nuestro ordenamiento la directiva 2004 / 39 / CE.
Circular 10 / 2008 de 30 de diciembre de la CNMV.
Real decreto 217 / 2008 de 15 de febrero sobre régimen jurídico de empresas de servicios de inversión."""