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Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales

4 respuestas
Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales
Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales
#1

Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales

Escribía el otro día sobre el cambio de la reforma fiscal ya que Rajoy anunciaba que iba a adelanter algunas medidas al 1 de julio de 2015 desde el 1 de enero de 2016 que estaban previstas. Concretamente en el foro: ¿Política fiscal expansiva? se hablaba de algunas de las medidas, pero hay otros cambios que también nos afectan como inversores.  

Estos cambios se introducen en las ganancias/pérdidas del capital mobiliario (Acciones, fondos, inmuebles...) y en los rendimientos del capital (intereses, dividendos, bonos, Letras del Tesoro, seguros de vida...). 

¿Cómo me afecta como inversor el adelanto de la reforma fiscal?

El gobierno adelanta al 1 de julio la reforma prevista para el 1 de enero, en la que se verán modificados los impuestos sobre las rentas del trabajo y de capital.

Se reduce la tributación del ahorro, (se elimina la penalización de lasplusvalías inferiores a un año) ya que:

  • Hasta 6.000€ se tributará el 19% frente al 20% anterior
  • Entre 6.000 y 50.000€ se tributará al 21% frente al 22%
  • A partir de 50.000€ se tributará al 23% en vez de al 24%

Además se introduce una ventana de liquidez en los planes individuales para permitir ser rescatados a los 10 años desde enero.

Se crean también Planes de Ahorro a Largo plazo que como si fueran una cuenta bancaria o un seguro, si éstos, al menos, tienen garantizado el 85% del capital, tendrán una exención tributaria por mantenerlos al menos 5 años. El límite de la inversión estaría en los 5.000€ anuales.

¿Cómo tributarán los dividendos?

Ya sabíamos que este año se eliminaba la exención de los primeros 1.500€ cobrados en dividendos, ahora pasarán a tributar tal y como hemos puesto en los tramos anteriores.

Hay que recordar que se elimina también la penalización de las plusvalías inferiores a un año.

Los mayores de 65 años no tributan por los primeros 240.000 euros cuando vendan activos que estuviesen invertidos en rentas vitalicias.

 
En cuanto a los asalariados se reduce del 47% al 45% el tipo marginal máximo y el mínimo baja hasta el 19% desde el 20%. 

 

#2

Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos

Y ¿Cómo tributo el año que viene? ¿Qué tipo de marginal me tengo que aplicar?

Pues bien, el pasado viernes  10 de Julio, el consejo de ministros no ha optado por partir el año fiscal (tributar por los rendimientos obtenidos medio año a un tipo y el otro medio al de la reforma) si no que ha aprobado una nueva tarifa transitoria, siendo básicamente la media de los dos años.

Por ejemplo: la base imponible del ahorro inferiores a 6.000 euros, no estará ni a 20% (antes del adelanto) ni a 19% (tipo después de la reforma), sino que a un 19,5%. En definitiva esto se traduce en un ahorro para todos los inversores en medio punto.
#3

Re: Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales

¿Si saco al año 5000 e por ejemplo en dividendos tendría que pagar un 19% de impuestos no?

¿Cuando una empresa te paga dividendos lo hace en bruto y luego en la declaración pagas ese 19% o te lo descuenta directamente?

A ver si alguien me puede ayudar me estoy construyendo una cartera a largo plazo con dividendos.

#4

Re: Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales

Cuando cobras dividendos ya te retienen la parte de Hacienda, esto no pasa en la venta de acciones

#5

Re: Fiscalidad de los dividendos, bonos, letras, acciones y fondos - Nuevas retenciones fiscales

No es al 19%, porque esa nueva tributación sólo entra en vigor a partir el 1 de Julio.

Si cobras en dividendos 1000€ en el primer semestre y 1000€ en el segundo, habrás pagado el 20% de los primeros 1000€, y el 19,5% de los segundos 1000€, cuando estos últimos deberían haber tributado al 19%, por tanto te devolverán por ese concepto el 0,5% de esos segundos 1000€.

Es decir, al final toca salir que todo aquello recibido hasta el 30 de junio tributa al 20%, y todo aquello recibido a partir del 1 de julio tributa al 19%.
Como dice Rankeitor, te practicarán retención al cobrar los dividendos, aunque puede no ser la correcta (siempre va a ser la básica de cada momento)