Gracias Luis por la aclaración, pero no entiendo entonces la razón por la que si que es necesario presentar dicho modelo en GPM cuando ambos son una agencia de Interactive Brokers y los 2 están domiciliados en España. Aqui tienes el enlace de la CNMV con lo de GPM: http://www.cnmv.es/portal/consultas/ESI/ESIS.aspx?nif=A-78533171
y en GPM estoy seguro que hay q presentarlo, tan seguro como que ellos mismos me han enviado un correo en el que me ponen:
"Adjunto le remitimos un extracto de su cuenta con la informacion necesaria para la cumplimentacion del Modelo 720 y Modelo D6.
El Modelo D6 es una declaración para realizar el registro de las inversiones españolas en el exterior, concretamente en empresas que cotizan en Bolsa cuando los valores se depositen en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión.
Es de obligado cumplimiento para inversores que tengan a 31 de Diciembre 20017 acciones, fondos o ETFs depositados en un broker fuera de España, independientemente del numero de acciones que tenga en cuenta. (Ya tengas 5.000 acciones o solo una, hay que presentarlo.)
LA FECHA LIMITE PARA PRESENTARLO ES EL 31 DE ENERO DE 2018
Puede encontrar mas información en el siguiente enlace:
http://www.invirtiendopocoapoco.com/modelo-d6-y-como-presentarlo/
Saludos
GPM Profesional Broker"