Jurídicamente, no puedes poner impuestos españoles en paises terceros, por tanto, la Tobin aplicará sobre la acciones emitidas (emitidas a cotizacion) en España (en las bolsas españolas).
De la misma manera, cuando compramos acciones del Bayer, Volcan, Petrobras, etc. no hemos de pagar ningún impuesto a los países de origen de esas sociedades.
Por lo apuntado en el primer párrafo, las acciones españoles transaccionadas en las bolsa alternativas (BATS-Cih, Londres, etc.) tampoco pagarán dicha tasa, dado que su sede socal está en terceros países.
Por último, esa tasa entra en conflicto con MIFID II, que obliga a los brokers a buscar la "mejor ejecucion de una orden para sus clientes", en función de parámetros como: "profundidad de mercado" (nº de acciones a compra y venta) "horquillas" (diferencia entre precios de compra y precio de venta), costes de transacción, etc . Esa tasa supondrá un aumento de costes y por tanto, causará que BME sea
la peor alternativa de ejecución de una orden.
Sería toda una paradoja que el grueso del volumen de negociación de los valores que componen el IBEX-35 y la formación de la cotización del propio IBEX-35 se realizase en Londres, por ejemplo, como hace ya años estuvo a punto de ocurrir con el Bono de Tesoro a 10 años o las opciones y futuros sobre el Ibex 35.
La propia BME en el Link al pie expresa las consecuencas de la Tobin y su oposicion a la misma:
“En un entorno tan global y competitivo como el actual, esta medida genera desconfianza en la comunidad inversora, producirá inequidad y arbitraje fiscal con otros países de nuestro entorno y podría suponer una amenaza para la estructura financiera de las principales compañías españolas, arietes fundamentales de la competitividad exterior de nuestra economía”
https://www.bolsasymercados.es/esp/Sala-Comunicacion/Nota-Prensa/20181011/nota_20181011_1/Gran_atractivo_de_la_bolsa_espa%C3%B1ola_para_los_inversores_internacionales
!!!Vaya políticos que tenemos!!!