Yo lo que tengo de momento es ésto, de hace 3 semanas. Por cierto gracias a Kretan y al resto por vuestras respuestas.
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"Retribución al accionista
Asimismo, la Junta ha autorizado el nuevo sistema de retribución para los accionistas, que se pondrá en práctica en una fecha próxima a la del tradicional pago complementario del dividendo (que habitualmente tiene lugar en julio) y, en su caso, en una fecha próxima a la del pago a cuenta del dividendo 2010 (normalmente en diciembre).
Este mecanismo novedoso permitirá a los accionistas de IBERDROLA optar por recibir o bien acciones liberadas de la Compañía o bien un importe en efectivo equivalente al que hubiera sido el tradicional pago complementario del dividendo de 2009 y, en su caso, al pago a cuenta del dividendo de 2010.
Para ello, los accionistas han autorizado al Consejo de Administración a realizar un aumento de capital social liberado. La ampliación de capital –que se efectuará con cargo a reservas– se podrá ejecutar en dos ocasiones.
La primera correspondería al tradicional pago complementario del dividendo de 2009 y ascendería a un máximo de 1.048 millones €. La segunda, en caso de que se ejecutase, se destinaría al pago a cuenta del dividendo de 2010, por un importe máximo de 818 millones €. La suma de ambas alcanzaría un máximo de 1.866 millones €, en el supuesto de que acudiese el 100% de los accionistas.
De este modo, en cada una de las dos posibles ejecuciones del aumento de capital, los accionistas de la Compañía recibirán un derecho de asignación gratuita por cada título que posean, el cual cotizará en las Bolsas de Valores de Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia. Las ampliaciones de capital se efectuarán libres de gastos y de comisiones para los suscriptores en cuanto a la asignación de las nuevas acciones emitidas.
Si eligen recibir su retribución en efectivo, los accionistas tendrán dos opciones. En primer lugar, podrán cobrar el importe como consecuencia de la venta de los derechos de asignación gratuita a IBERDROLA, que asumirá el compromiso de adquirirlos a un precio fijo garantizado. En el caso de la primera ampliación, el precio fijo garantizado será de al menos 0,184 € por título, equivalente al dividendo complementario por acción que se abonó en 2008.
En segundo lugar, tendrán la posibilidad de vender los citados derechos en el mercado, en cuyo caso la contraprestación variará en función de la cotización.
Por otro lado, los demás puntos del Orden del Día de la Junta también han sido aprobados, entre los que se encuentra la modificación de los artículos 11 y 62 de los Estatutos Sociales para adaptarlos a la normativa vigente y mejorar aspectos de la redacción.
Asimismo, se ha delegado a favor del Consejo, y por el plazo de cinco años, la facultad para emitir bonos u obligaciones simples y otros valores de renta fija de análoga naturaleza (distintos de los pagarés), así como participaciones preferentes, con el límite máximo de 20.000 millones €, y de pagarés con el límite máximo en cada momento, independiente del anterior, de 6.000 millones €."