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Más sobre futuros....

7 respuestas
Más sobre futuros....
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#1

Más sobre futuros....

Saludos!

Si como comenton Fernan2, cuando vence un contrado de futuro en posición larga (comprado) sobre acciones te entregan las acciones, ¿qué ocurre cuando vence un contrato de futuros en posición corta también comprado sobre acciones: ¿Te exigen las acciones? ¿Y si no las tienes?

Supongamos que vendemos un futuro sobre accs. de Santander ahora que están a 9,42 y que en la fecha del vencimiento estén a 9. Hemos hecho bien vendiendo el futuro, pero ¿necesitas entregas esas acciones?

_________________________

Y segunda cuestión, si hace años quedamos en que los fondos asegurados invertían parte del capital en futuros y el resto en renta fija con la que cubrían la parte que aseguraban, ¿cómo puede ser que no sea más barato mantener una cartera de acciones con futuros que con acciones? ¿O en lugar de futuros utilizan opciones?

¿O cuál es la estructura de un fondo asegurado?

#2

Re: Más sobre futuros....

Buenas Busonet, cuando vence un contrato de futuros típico (los de MEFF de toda la vida, que son por entrega) quedas efectivamente obligado a entregar las acciones. Si no las tienes, debes recomprarlas en el mercado inmediatamente (la venta en corto no está permitida en España salvo si se han resrvado los títulos).
Un futuro por entrega, por definición, es eso: la obligación de comprar o vender un activo a un precio fijado en la fecha de vencimiento. Si va a tu favor, mejor, si va en tu contra, también.

En cuanto a la estructura de un fondo asegurado suele ser como dices, renta fija y futuros, o a través de un bono y un swap... pero el tema de los costes no te podría decir nada porque depende de la política de las entidades y del estructurador con el que negocies la opción(el precio que te pidan por ella)...

Espero haberte ayudado algo.

#3

Re: Más sobre futuros....

¿Cómo se hace un fondo garantizado con furturos?

SAludos

#4

Escribes furturos porque te has confundido en la digitación o por la etimología de hurto...

Hurto: (Del lat. furtum): 1. m. Acción de hurtar./2. m. Cosa hurtada. O porque me he equivocado yo y he escrito asegurado en lugar de garantizado: Mira la cartera del fonda Bancaja Garantizado 10, FI en Morningstar: Renta fija del Estado Español al 4.75% en un 91,37% Op.Call Eurotoxx 50 27/05/13 en un 8,63% Y por garantizar esto:

Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, BANCAJA, garantiza a los partícipes en la fecha de vencimiento de la garantía (30-05-2013) el 100% del valor liquidativo de la participación del 26-11-2009 más, en su caso, una rentabilidad variable de acuerdo con las siguientes condiciones (TAE mínima garantizada 0%): - Si durante el período comprendido entre el 27-11-2009 (fecha de observación inicial) hasta el 27-05-2013 (fecha de observación final), ambos inclusive, el precio de cierre oficial del índice “DJ EURO STOXX 50” ha sido todos los días inferior al 140% del valor de su observación inicial, se garantiza el 100% del valor liquidativo inicial (26-11-2009) incrementado en el 100% de la revalorización punto a punto del índice durante el período de observación. (TAE máxima 10,06%). - Si durante el período comprendido entre el 27-11-2009 (fecha de observación inicial) hasta el 27-05-2013 (fecha de observación final), ambos inclusive, el precio de cierre oficial del índice “DJ EURO STOXX 50” , ha sido algún día superior o igual al 140% del valor de su observación inicial, se garantiza el 100% del valor liquidativo inicial (26-11-2009) incrementado en una rentabilidad fija del 3% (TAE a vencimiento del 0,85%). - 0% en el caso de que el "DJ EURO STOXX 50" no se haya revalorizado.
Cobra estas comisiones y con estas condiciones: Comisión gestión: 0,50% sobre patrimonio (a partir del 27/11/2009 inclusive será el 0,95%). Comisión deposito: 0,05% sobre patrimonio (a partir del 27/11/2009 inclusive será el 0,10%). Descuento a favor del fondo por Suscripción: Del 27-11-09 (1) hasta 30-5-13: 4,00% Descuento a favor del fondo por Reembolso: Del 27-11-09 (1) hasta 29-5-13: 4,00% (1) o desde la fecha, si fuera anterior, en que se alcancen los 50.000.000 euros. No se aplicarán comisiones de reembolso el 30-11-10, 30-11-11 y el 30-11-12. Nota: Las operaciones de Suscripción y de Reembolso del Fondo solicitadas en el día antes de las 17 horas (hora peninsular) se realizarán según el valor liquidativo del día. Las operaciones cursadas en el día a partir de las 17 horas tendrán valor liquidativo del día siguiente hábil. No se considerarán días hábiles aquellos en los que no exista mercado para los activos que representen más del 5% del patrimonio.
#5

Es decir, ¿no puedo ponerme corto si no tengo el subyacente?

Saludos!

Cuando digo no puedo no pregunto si no debo, pregunto qué consecuencias tendría cometer ese error o si el broker no te permite hacer la operación y en caso de que tengas el subyacente, te lo bloquea para que no lo vendas.

#6

Re: Es decir, ¿no puedo ponerme corto si no tengo el subyacente?

normalmente el broker te cierra la posición unos días antes. Te llama, mira si tienes dinero para comprar el subyacente y si no tiene salida, te cierra el contrato.

Es cierto que otros brokers no se mojan y después tienes la obligación de conseguir esos activos subyacentes al precio que sea. Has firmado un contrato y hay que cumplirlo.

#7

Re: Es decir, ¿no puedo ponerme corto si no tengo el subyacente?

Sí puedes ponerte corto en futuros sin tener el subyacente (o por lo menos en la gran mayoría de los brokers).

Pero si te quedas vendido y no recompras las acciones el mismo día, tendrías que hacerlo al día siguiente (o antes de tres días máximo) y tendrías que pagar la sanción que impone la CNMV por descubierto de títulos, no sé exactamente cuánto es, y además si sacaras beneficio de la operación te lo retirarían (pero las pérdidas te las comes...).

En cuanto al broker, bueno, cada uno tiene sus reglas de riesgo, etc. Lo normal es que no te bloqueen nada y te permitan hacer la operación... pero luego te obligan a recomprar los títulos antes de tres días o lo hacen ellos mismos (trasladándote las sanciones de CNMV, claro).

Edito: Buenas Daniel, acabo de ver tu mensaje... pero es muy raro que el broker te cierre o te avise de la posición unos días antes, básicamente porque el número de clientes en esa situación suele ser muy alto. Es complicado de gestionar a nivel de riesgo y a no ser que estés en saldo negativo es raro que hagan nada(aunque es cierto que algunos lo hacen).

Sí se hace por ejemplo con futuros del Bund alemán, porque ahí el riesgo es mucho mayor, o con posiciones fuertes de futuros... pero si estás vendido de un futuro, es raro.

#8

Re: Escribes furturos porque te has confundido en la digitación o por la etimología de hurto...

Curiosa asociación de ideas con mi error... seguro que no vas desencaminado.

La cuestión es, que tenía la idea de que los garantizados se hacen con opciones ya que limitas el riesgo de perdida a la prima pagada por lo que asegurar el capital inicial es relativamente sencillo, pero con futuros, entiendo que la perdida no esta limitada por lo que debe ser más difícil su uso para este tipo de productos

En el ejemplo que pones, de hecho creo que se trata de opciones call ¿no?

Para aprender los conceptos básicos de los derivados, te aconsejo los videos que colgó Llinares en su blog y que son muy amenos y didácticos.

https://www.rankia.com/blog/llinares/365038-iniciacion-mercados-derivados-9-videos

Saludos

Guía Básica