Re: Broker naranja modifica condiciones
Hola Pelos, no se hizo una carta única sinó que cadacual modificó segun su caso la propuesta que nos hizo Husky (aun así creo que las reclamaciones se deben hacer durante los dos meses posteriores del anuncio del cambio, pero no estoy seguro):
ANTECEDENTES
1.) El titular de la CV XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX decidió en su día acordar con VDS. las condiciones detalladas en la versión actual del libro de tarifas y comisiones, adjuntadas en el Anexo 1_LTC.pfd, entre las que cabía destacar la ausencia de comisiones por depósito y administración de valores, también conocidas como “comisiones de custodia”.
2.) Con ánimo de captar clientes, ING especifica exhaustivamente en qué condiciones no se aplicarán comisiones de custodia, resultando el siguiente documento perfectamente anexable al libro de tarifas y comisiones de ING (Anexo 2_leccion_6-broker.pdf). Documento que fue enviado tanto directamente al e-mail de sus clientes como a los medios (prensa, TV…), e impreso y expuesto en sus oficinas físicas y en la página web, y que constituye prueba fehaciente redactada para ser adscrita al libro de tarifas y comisiones.
Del anexo se extraen literalmente las siguientes especificaciones entre otras:
2.1.) “… en ING DIRECT no cobramos comisión de custodia por sus valores NUNCA”.
2.2.) “… y no es una promoción durante un tiempo determinado”.
2.3.) “… ni un regalo de bienvenida”.
2.4.) “…para nosotros esa comisión no existe y no se le cobrará en ningún momento. “, por si no quedaban claros los puntos uno, dos y tres.
3.) Dando por hecho que ING cumpliría su contrato, los titulares de la CV decidimos operar con el bróker naranja adquiriendo diversas acciones de diferentes empresas para mantenerlas indefinidamente en una estrategia conocida como “Buy & Hold”. Aunque el bróker naranja nos cobró más de un 20% de comisión sobre lo que solíamos pagar a otros brókers de prestigio, la NO EXISTENCIA “PARA SIEMPRE” de comisiones de custodia compensaba el sobrecoste de la operación de compra en ING.
Si alguien ha hecho traspaso de cartera, añadiría el punto 4):
4.) Basándonos en el mismo criterio de NUNCA PAGAR COMISIONES DE CUSTODIA, decidimos traspasar desde (nombre del broker donde estaban depositadas las acciones) al bróker naranja XXX acciones (especificar) de la misma estrategia “Buy & Hold” abonándole por ello al broker origen XXX,XX€ de gastos, que pensábamos ahorrar con la ausencia de comisiones de custodia que alardeaba ING.
5.) En e-mail idéntico al que nos anunció en su día que NUNCA PAGARÍAMOS COMISIONES DE CUSTODIA, el 31-10-2011 nos dicen que a partir de enero-2012 sí habrá que pagarlas.
CONSECUENCIA
Los titulares de la CV XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX deciden que ING no debe ser el depositario y gestor de sus títulos. Y en nuestro derecho, decidimos utilizar la clausula establecida en la nueva versión del libro de tarifas y comisiones adjuntadas en el Anexo 1_LTC.pfd que nos permite rescindir libremente el contrato si no estamos de acuerdo con él, encontrándonos entonces ante una situación de total indefensión en que una de las partes (VDS.) configuran una posición totalmente dominante y altamente abusiva sobre la otra, ofreciéndonos solamente alternativas que nos perjudican económicamente siempre. A saber:
a) Vender las acciones: PAGANDO COMISIONES.
b) Traspasar las acciones: PAGANDO COMISIONES.
c) Mantener las acciones: PAGANDO COMISIONES.
El titular de la CV, que no ha provocado la nueva situación, siempre paga; ING, que ha sido el provocador, siempre cobra.
RECLAMACIÓN
A.-
Exigimos de ING el cumplimiento de sus compromisos. ING podrá cobrar comisiones de custodia a los nuevos contratos firmados a partir de la fecha del comunicado, pero no a los comprometidos con anterioridad. Para lo cual estamos dispuestos a seguir la reclamación hasta el defensor del cliente del Banco de España y vía judicial a través de la OCU.
B.-
En caso de que ING no quisiera admitir nuestra reclamación, valoraremos ser compensados:
1º) Permitiendo que se realice el traspaso de nuestras acciones a otra entidad sin coste alguno, en todo momento de ahora a junio de 2012 (y no sólo entonces), tanto si hemos operado con ellas como si no hasta la fecha límite.
Y, si vene al caso:
2º) Abonándonos el importe que hubimos de pagar al broker origen por traspasar acciones a ING en la promesa de que NUNCA se pagarían comisiones de custodia.